Hacerse pareja de hecho y obtener la residencia en España, es uno de los mecanismos a los que deben enfrentarse las parejas conformadas por un español y un extranjero, cuando quieren fijar su residencia en el país europeo y optan por esa vía. Desde luego existen otras alternativas, pero la unión de hecho, no deja de ser una solución a contemplar cuando existe una relación sólida que se quiere consolidar y se plantea la idea de establecerse en España.

Antes de tomar una decisión definitiva es preciso informarse y cuestionarse si se pueden reunir todos los requisitos exigidos por la comunidad autónoma donde se solicitara la inscripción como pareja de hecho. También debe tenerse en cuenta, que si el extranjero se encuentra fuera de Europa, tendrá que pasar los filtros migratorios para poder ingresar y que para lograrlo necesitará reunir un cierto número de requisitos.
Una vez ambos miembros de la pareja se encuentran en España, se puede avanzar en el proceso de la inscripción de la unión de hecho, la solicitud es evaluada y de autorizarse se continúan los tramites para formalizar la residencia legal en el país por parte del extranjero/a. Para dar un poco más de claridad, Daniel, uno de los lectores del blog que recientemente vivió la experiencia junto a su novia venezolana, ha accedido a responder algunas preguntas:
¿Qué documentos le solicitaron a tu novia para salir de Venezuela y cuáles en el control migratorio para ingresar a España?
Para salir de Venezuela solo le pidieron el pasaporte, al llegar a España tampoco le pidieron nada, simplemente le preguntaron en un par de ocasiones a dónde iba, dónde se iba a alojar y cuál era el motivo del viaje.
Documentos de Venezuela que nos aconsejaron traer: partida de nacimiento, certificado de soltería y fe de vida, certificado de antecedentes penales, (todo esto apostillado) carta de invitación o en su defecto reserva hotelera durante el tiempo de la estancia en el país.
¿Una vez en España, cuáles fueron los pasos a seguir para legalizar la unión de hecho? Y cuánto tiempo se tardó este proceso?
En primer lugar un requisito indispensable es estar empadronado en la comunidad autónoma donde se vaya a realizar la inscripción. En nuestro caso Andalucía, para realizar la inscripción como pareja de hecho no es necesario estar empadronado un período de tiempo determinado, en otras comunidades si te obligan a estar 1 año empadronado con tu pareja (Comunidad de Madrid , Comunidad Valenciana, etc…) cosa imposible ya que se ingresa a España con permiso para 3 meses. Para empadronarte suelen poner problemas ya que te piden DNI o NIE, pero esto es totalmente ilegal, cualquier ciudadano puede empadronarse donde quiera con su pasaporte.
El tiempo que tarda varía también dependiendo del lugar donde se haga, en nuestro caso para firmar la pareja de hecho en el Ayuntamiento tardamos en torno a un mes, la resolución de la pareja de hecho tarda unas 4 / 5 semanas, pero como siempre esto depende de cada Comunidad Autónoma.
¿En dónde realizaron la inscripción?
Normalmente la unión de hecho se realiza, bien en el Ayuntamiento competente del lugar de residencia o bien en el Juzgado, es más cómodo en el primero.
En el Ayuntamiento se presentan los documentos (pueden ser en copia, pero es aconsejable disponer de los originales y de más de un duplicado de todos los papeles), allí verifican los documentos y proceden a enviarlos al Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, donde dictan una resolución positiva o negativa en un período de 4 o 5 semanas.
Después de inscribirse como pareja de hecho ¿Cuál fue el procedimiento a seguir para poder obtener la residencia legal?
Una vez tramitada de forma positiva la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho hay que ir a la Subdelegación del Gobierno (Oficina de Extranjería) de la provincia determinada, en nuestro caso en Cádiz, allí solicitas la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano comunitario, en el mismo instante te asignan un número NIE, con estos papeles se debe ir a al Oficina de la Policía Nacional a la que corresponda la localidad donde se esté empadronado. Allí te expiden el NIE, en unos 30 días.
Desde el momento en el que te inscribes como pareja de hecho pasas a estar en situación legal en España.
¿Cuánto tiempo después de la llegada de tu novia a España, lograron regularizar su situación?
En menos de dos meses la pareja de hecho estaba inscrita, en 3 meses ya tenía el NIE.
Pasados los tres meses a los que se tiene derecho por turismo ¿tomaron alguna precaución para que tu novia no tuviera problemas mientras se regularizaba su situación?
Para ese tiempo ya estaba en situación legal, lo más importante es residir en una comunidad donde no pidan un tiempo mínimo de convivencia.
¿Qué consejos le darías a una pareja que esté en un caso similar?
Primero, que nunca dejen de luchar por lo que quieren, aparte de hacerse pareja de hecho hay otras fórmulas para demostrar una relación sentimental con otra persona. En el caso de que opten por hacerse pareja de hecho que verifiquen si cumplen con los requisitos de la Comunidad Autónoma donde lo pretendan hacer. Siempre es mejor traer a España papeles de más a que en algún momento falten, en nuestro caso el certificado de antecedentes penales no nos lo pidieron en ningún trámite pero lo teníamos, como también dije antes es mejor traer los papeles por duplicado o triplicado ya que pueden pedir originales en más de un estamento.
Como lo ha explicado Daniel, no hay que dejar nada al azar, hay que informarse y reunir toda la documentación a tiempo. Y aunque en su caso, el proceso avanzo de forma positiva, hay comunidades donde existen más exigencias y trabas, así que es fundamental identificar cuáles son los requisitos tanto para consolidar la pareja de hecho como para obtener la residencia una vez se tiene un dictamen favorable. De esta manera, se pueden evaluar caminos alternos en caso de que no se esté en la capacidad de cumplir con los requisitos.
Ver Tener una pareja extranjera, los pros y los contras
Requisitos para inscribirse como Pareja de Hecho
Tal y como se indicaba anteriormente, una vez la pareja extranjera se encuentre en España, debe formalizarse en el menor tiempo posible la unión de hecho ante el organismo correspondiente, para poder optar a la residencia por este medio. Para lo cuál, se deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad o menor emancipado
- Estar soltero, viudo, divorciado o separado judicialmente
- Haber convivido previamente cierto periodo de tiempo (en algunas comunidades no es necesario y en otras como en Madrid, debe acreditarse una convivencia mínima de 12 meses)
- Por lo menos uno de los miembros debe estar empadronado en la comunidad Autónoma donde se solicite la inscripción
- No estar incapacitados judicialmente
Los documentos necesarios para solicitar la inscripción ante el Registro de Parejas de Hecho, son los siguientes:
- Original y fotocopia del DNI del ciudadano español y tarjeta de residencia o pasaporte del ciudadano extranjero
- Certificado de empadronamiento de los interesados
- Acreditación del estado civil de los dos, mediante certificación del Registro Civil, “Fe de Vida y Estado” en España y su equivalente para la pareja extranjera
- Declaración jurada de no ser pareja de hecho con otra persona
- Libro de familia si existen hijos
- Formulario de solicitud
- Pago de las tasas correspondientes
– Estos requisitos pueden tener variaciones en función a la comunidad autónoma donde se lleve a cabo el procedimiento.
– Para realizar la inscripción en algunas comunidades, por ejemplo en la de Madrid, se debe solicitar cita previa, presencialmente. Y antes de que sea asignada esta cita, pueden pasar varias semanas, así que se debe empezar cuanto antes con el proceso.
Más información:
Página de la Comunidad de Madrid
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Edith A.





Hola! Yo soy Argentina, estoy en una situacion parecida pero peculiar.. Mi pareja esta viviendo en Madrid, pero él no es español, sino italiano, de todas formas es residente de España y esta empadronado en Madrid. Quisiera saber si, siendo este el caso, se puede tramitar pareja de hecho con normalidad o si hay impedimentos.
Tambien quisiera saber, hicieron el tramite directamente en España? Porque me han dicho que debo iniciar el tramite yo desde Argentina en la embajada de España, y que mi pareja debe también iniciarla pero desde España. Esto es así efectivamente?
Gracias!
Hola, soy colombiana y me vine a España hace dos mese y medio, me hice pareja de hecho con mi novio que es Español. Ahora estámos organizando papeles para solicitar tarjeta de residencia, pero los 90 días se cumplen el 14 de octubre. Hay algún problema si cumplidos los 90 días no me ha llegado la tarjeta de residencia. Tendría alguna consecuencia quedarme aquí en España, o debo salir de la Unión Europea antes de que se me cumplan los 90 días?
Gracias por la presta atención
Hola Rosa,
Es difícil completar todos los trámites en los 90 días autorizados, muchas parejas se ven en esta misma situación y la única opción es quedarse un tiempo de forma irregular. Al ser pareja de hecho de un español, adquieres otros derechos e incluso si no tienes tu documentación a tiempo, a no ser que te veas involucrada en un problema muy grande, no suelen haber dificultades para regularizarte un poco después.
Saludos
Buenos días he leído tu blog y es muy interesante, yo quería hacer una consulta, yo soy española y mi pareja es colombiano y nuestra hija nació en España, es española también. Hace unos meses nos vinimos a Colombia a probar un negocio y mi pareja se acojió al retorno voluntario por 3 años, entonces las cosas no han ido como esperábamos aquí en Colombia y hemos pensado volver a España a ver si podemos arreglar sus papeles de nuevo.. hemos pensado que como antes de venirnos a Colombia, en España nos hicimos pareja de hecho ante notario, quizás eso nos sirva para que el pueda acceder a lo de la tarjeta de comunitario como lo redactas en este blog, lo que no se si es posible es teniendo el retorno voluntario, me gustaría que me dieses esa información o si hay alguna otra manera de que el pueda tener una situación legal antes de los 3 años de retorno voluntario. Graciais
Buenas tardes Raquel,
Este es un tema más especializado y no tengo mayor información al respecto. En alguna ocasión leí que el retorno voluntario imposibilita el hecho de obtener durante 3 años una autorización de residencia y trabajo por régimen general, pero que al tratarse de un régimen comunitario, como podría ser el caso que describes, es distinto y existen posibilidades de regresar y regularizar la situación antes de ese plazo, te recomiendo que lo consultes directamente con un abogado especialista en asuntos de extranjería.
Saludos
Hola buenos dias, mi novia y yo somos pareja queremos inscribirnos Cómo pareja de hecho llevamos 13 meses conviviendo ella vino de Colombia a visitar a su abuela y nos enamoramos y se quedó. Yo soy residente legal aqui con tarjeta de residencia y trabajo de larga duración. ¿Podemos solicitar la residencia para ella después de inscribirnos como pareja de hecho y que documentación le darían? Gracias
Buenos días Luis,
Como residente que eres, pero no ciudadano comunitario, estaríamos hablando de una reagrupación en régimen general, en este caso y hasta donde sé no se puede reagrupar a la pareja de hecho, tendría que ser tu cónyuge y no es seguro que después de eso puedas tramitar todo desde España, posiblemente tu pareja necesitaría el visado correspondiente de ingreso para continuar con los trámites de la reagrupación.
Saludos
Hola Edith,
Yo soy Colombiana y mi novio italiano, tenemos una union marital de hecho registrada en una notaria en Bogota hace 2 años, estamos pensando irnos a vivir a Madrid el próximo año. Hemos visto que piden 1 año de empadronamiento, pero no es muy claro para mi si este empadronamiento debe haberse dado en España, de hecho estos dos años hemos viajado por diferentes países de Asia, Europa y America.
Otra pregunta que me surge, es que si el debe solicitar primero el NIE y posteriormente en mi caso solicitar la tarjeta.
El en el 2009 saco el NIE en Tenerife, en este caso este NIE venció o esta activo, ya que de ser así podríamos sacar los papeles en Tenerife.
Saludos!!!
Hola Mari,
No estoy muy segura, pero creo que existe una opción para las parejas que puedan demostrar que llevan un año continuado conviviendo, así no sea en España. Revisa el enlace https://goo.gl/xZdWuL El número NIE por lo general es el mismo, lo que debes solicitar es tu tarjeta de residencia.
Saludos
Hola! Soy de Colombia, voy a realizar una maestria con duracion de un año, mi novia tambien colombiana, tiene planteado realizar tambien una maestria pero le avisan el 15 de septiembre, en caso de no pasar la idea es que ella vaya por un tiempo de 3 meses, como podriamos hacer para que ella pueda estar el año entero conmigo en caso de no pasar, seria necesario casarse o se puede pedir la solicitud para pareja de hecho, llevamos 6 años juntos, la maestria seria en Sevilla, cual seria la mejor opcion, mil gracias.
PD: Excelente la pagina y como responden todas las preguntas, felicitaciones de verdad, ayudan realmente a todo tipo de viajeros