Obtener el NIE es uno de los primeros trámites que debe adelantar un extranjero al viajar a España, cuando tiene la intención de quedarse a vivir por un determinado periodo de tiempo, aunque también lo es en otros casos.
Pero, ¿qué es el NIE? El NIE es el número de identificación de extranjero, es asignado por las oficinas de extranjería y permite como lo dice su nombre, identificarse con un número personal ante las diferentes administraciones para prácticamente cualquier trámite, por ejemplo: abrir una cuenta bancaria, obtener un número de seguridad social, realizar transacciones económicas, etc. El NIE además de ser necesario para los extranjeros domiciliados en España, también lo es para aquellos extranjeros no domiciliados que planifiquen alguna relación o transacción comercial con el país.
Existe una confusión generalizada entre el N.I.E. o número de identificación de extranjeros y el T.I.E. o tarjeta de identidad de extranjero. La misma confusión se presenta entre el NIE y el certificado de registro para residentes comunitarios. Como se ha reiterado el NIE no es más que un número de identificación, mientras que el TIE es una tarjeta de identidad que demuestra que el extranjero no comunitario reside legalmente en España, ya sea de manera temporal o permanente, siempre y cuando no se vean incumplidas ciertas condiciones y se pierda ese derecho. Por otro lado, el certificado de registro para residentes comunitarios es el documento que todos los ciudadanos de la Unión Europea o de otros estados que hacen parte del acuerdo sobre el espacio económico europeo, deben tener cuando vivan por más de 3 meses en España.
NIE No Comunitarios y Tarjeta de residencia
Cuando un ciudadano extracomunitario viaja a España por un período superior a 6 meses, ya sea por trabajo, estudios, motivos familiares u otros, debe dirigirse durante los primeros 30 días de su llegada a la oficina de extranjeros y solicitar su tarjeta de residencia.
Al darse una resolución favorable y autorizarse la residencia se envía al domicilio del extranjero un documento donde aparece el número NIE, el cuál tiempo después cuando se complete el trámite y se obtenga la tarjeta de identidad de extranjero, figurará sobre la misma. Los ciudadanos no comunitarios pueden obtener una residencia temporal o permanente siempre y cuando demuestren tener una vinculación suficiente con el país y cumplan ciertos requisitos, que suelen cambiar según los motivos por los que se presente dicha solicitud.
NIE Comunitarios y Certificado UE
Todo extranjero comunitario que se radique en España por más de 3 meses está en la obligación de inscribirse en el registro de extranjeros durante los primeros 90 días de su llegada, obteniendo así un certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea y el NIE. Hasta el 2007 los comunitarios tenían una tarjeta de identificación, a partir de ese entonces se sustituyó por el certificado que venía en formato folio y era conocido como el papel verde de los comunitarios, finalizando 2011 se actualizó el formato reduciendo su tamaño y haciéndolo más práctico para poder transportarlo sin dañarlo. El certificado se puede obtener en la oficina de extranjería donde se reside o en la comisaría de policía que corresponda.
*Revisar enlace al final para solicitud de cita previa
Hay que tener en cuenta que una vez se tiene el certificado, éste por sí mismo no vale como identificación y debe ir acompañado por el pasaporte. Por otra parte y en consecuencia a la reforma sanitaria de 2012 se modificó el reglamento comunitario, dando como resultado que los requisitos para la expedición de este certificado se ampliaran, incluyendo en algunos casos: la declaración o acreditación de tener los medios económicos suficientes y una cobertura sanitaria en España. Los demás requisitos que suelen exigirse con carácter general son los siguientes:
– Formulario modelo Ex-18 y copia
– Pasaporte o documento de identidad
– Justificativos del motivo de la residencia (trabajo, estudios, situación familiar…)
– Pago de las tasas (10,50)
NIE Comunitarios y No Comunitarios domiciliados fuera de España
Los extranjeros que quieran adelantar transacciones comerciales, incluso sin estar domiciliados en España necesitarán obtener el NIE para identificarse en el país ante las administraciones con las cuales se relacionen, ya sea para comprar un inmueble, hacer negocios, etc. En este caso el trámite se realiza en el consulado de España del país donde se reside, los requisitos son:
– Formulario modelo Ex-15 diligenciado
– Original y copia del pasaporte o documento de identidad
– Informar los motivos de su solicitud
– Pago de la tasa correspondiente
Vale la pena anotar que el proceso de tramitación de los documentos en España puede tardarse un poco, así que deben iniciarse lo más pronto posible y sobretodo hay que informarse a tiempo y estar al día con todos los requisitos. Para terminar, no hay que olvidar que el número de identificación de extranjero o NIE siempre es el mismo, así se cambie de estatus y se renueven algunos documentos.
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Edith A.





Hola!! Tengo mi tarjeta de estudiante caducada y la porroga que solicite me salio favorable pero ya que es por menos de 6 meses no puedo solicitar una nueva tarjeta, si quiero viajar en Europa podría hacer sin problema?? Especificamente Francia, Polonia y Alemania.
Gracias
Hola Cristina,
Yo he viajado por tierra con la tarjeta caducada y la autorización de la prórroga. No sé si por aire sea más complicado, te sugiero que lo consultes directamente con las aerolíneas que vayas a viajar.
Saludos
Hola! Tengo una duda,soy venezolana tengo NIE comunitario mi pasaporte está vencido, por problemas en mi país aún no me han entregado mi pasaporte desde q lo renové hace 4meses, la pregunta es: puedo viajar por Europa sin el y solo con el NIE?
Gracias!!!
Hola disculpa mi pregunta es .como puedo viajar a mi país ecuador si ya tengo el expediente favorable para la toma de huellas en la Policía.pero yo quiero viajar a mi país de urgencia ..pero aun el expediente no me llega y ademas la cita en la Policía esta para dentro de un mes.. que puedo hacer !!!
Hola Luis,
No me queda muy claro que trámite estás adelantando, en todo caso si ya has tenido una primera tarjeta de residencia y la estás renovando, podrías ir a Ecuador y regresar con una autorización de regreso, revisa este enlace https://goo.gl/sFY7HL Si no alcanzas a regresar a tiempo para tu cita, sería oportuno que te pusieras en contacto con el organismo pertinente para saber que puedes hacer.
Un saludo
Hola que soy dominica y estoy en Madrid y no tengo papeles solo el pasaporte dominado y quiero viajar a barcelo por por avión y no estoy segura si lo puedo aser
Hola Celeste,
Si tu visado está vigente no deberían ponerte problemas, no es muy común que en los vuelos domésticos se fijen en ese tipo de cosas, pero puede ser un riesgo si ya has sobrepasado el tiempo autorizado.
Un saludo
Hola, muchas gracias por esta información suministrada.
Tengo una duda: entré a España por motivos de estudio desde el mes de Noviembre y cuento con un NIE en el pasaporte. ¿Es obligatorio que tenga que sacar la Tarjeta de Identidad de Extranjero? Tengo entendido que no es necesario que me empadrone. Estoy supremamente confundido con el tema y aparentemente aparece en la estampilla de la visa de mi pasaporte que hay una vigencia hasta el 7 de Febrero. ¿Puedo salir de España y volver a entrar? Gracias por la información.
Hola Julián,
Cuál es la duración de tus estudios? Si la fecha hasta la que estás autorizado a permanecer en España llega a su fin, será difícil que puedas salir y volver a ingresar sin tramitar ningún otro documento.
Saludos
Hola,les hago una consulta, ya llevo 1 año y 10 meses y estoy empadronada, quisiera saber si puedo sacarme el nie, o cuanto tiempo debo esperar?
Hola Zaira,
De qué nacionalidad eres? Con que tipo de visado ingresaste a España?
Saludos