ESPAÑA | TRÁMITES

Carta de invitación para viajar a España: Preguntas frecuentes

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Tramitar una carta de invitación para viajar a España es uno de los procesos a los que se ven confrontados tanto los españoles como los extranjeros que residen legalmente en la madre patria y quienes desean recibir por algunas semanas a familiares o amigos que no son ciudadanos de la Unión Europea.

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A pesar de que desde hace un par de años el trámite se ha simplificado, en torno a este procedimiento siguen existiendo múltiples dudas, las más frecuentes son:

Ver Requisitos carta de invitación para viajar a España

1. ¿Quién necesita carta de invitación para entrar España?

La carta de invitación puede ser exigida a ciudadanos de países que necesiten o no visado para ingresar a España y quienes viajen por un período de hasta 90 días, a excepción de los nacionales de países de la Unión Europea.

Ver 20 Cosas que deberías saber antes de viajar a Europa

2. ¿Para que sirve la carta de invitación a España?

Básicamente la carta de invitación sirve para demostrar que se cuenta con un sitio dónde alojarse en España. Ya sea para tramitar el visado, o para enseñarla en los controles migratorios si así es requerido.

3. ¿Hay un modelo de carta de invitación para la visa?

Desde hace algunos años para que la carta sea válida debe ser tramitada y expedida directamente por la comisaría de policía del lugar de residencia. Así que no vale la pena buscar un modelo de carta para el visado.

4. En caso de no tener un familiar o amigo en España, ¿Cómo se consigue la carta de invitación?

Este documento como tal no es un requisito para ingresar a España, el requisito en sí es tener una prueba de alojamiento, la carta de invitación es opcional en caso de contar con alguien en el país dispuesto a ofrecer su casa durante el tiempo que dure el viaje.

De no tener alguien de confianza en España que esté dispuesto a recibirnos en su casa y tramitar este documento, se puede realizar una reserva hotelera que tendrá la misma validez que la carta de invitación, en caso de ser requerida en el consulado para el visado o en los controles de ingreso a España.

Cualquier otra reserva oficial de un alojamiento también puede ser válida.

5. ¿En dónde se tramita?

La carta de invitación se tramita en la comisaría de policía del lugar de residencia.

6. ¿Cuánto cuesta la carta de invitación para viajar a España este 2025?

Actualmente entre el trámite y la carta se pagan aproximadamente unos 83 euros por el primer invitado y 6,54 euros por invitado adicional.

Al iniciar el trámite se pagan 75,05 euros por la autorización de expedición de la carta, una vez aprobada se pagan 6,54 euros por el documento como tal y 1,09 euros por cada compulsa. Cabe anotar que en caso de que denieguen la solicitud, no hay devolución de dinero.

7. ¿Cuánto tiempo de validez tiene una carta de invitación en España?

La carta es otorgada para las fechas que se anotan en la solicitud y por un máximo de hasta 90 días, es importante organizarse y calcular bien las fechas y el tiempo por el cuál se pretende viajar.

8. ¿Cuánto se tarda el trámite?

El tiempo desde el momento en que se presenta la solicitud y el momento en que se obtiene respuesta, es relativo de una ciudad a otra, también influye la temporada del año, en conclusión varía según la carga de trabajo que se tenga en el momento de la solicitud, pero en tiempo normal no suele tardarse más de 20 días hábiles.

9. ¿Quién puede solicitar una carta de invitación para viajar a España?

Esta carta puede ser solicitada por un español o extranjero que resida legalmente en el país y que cumpla con los requisitos exigidos.

10. ¿Es necesario tener el original de la carta o basta con imprimir una copia?

Cuando se obtenga la carta de invitación es importante que el invitante la envíe por correo postal a su invitado, ya que solo el documento original tendrá validez.

11. Una vez obtenida la carta, ¿Dónde debe presentarse dicho documento?

Si sé es nacional de un país que requiera visado, la carta debe anexarse a la solicitud de visado como parte de los requisitos. También es fundamental contar con este documento el día del viaje, ya que puede ser requerido en los controles fronterizos al ingresar a España. Los ciudadanos que no necesiten visado solo necesitarán la carta en caso de que se les solicite al ingresar al territorio Schengen.

12. ¿La carta de invitación garantiza la entrada a España?

No. La carta de invitación solo es uno de los requisitos, de no completarse los demás, el ingreso al país puede ser denegado.

Ver «No me dejaron entrar a Europa», un sueño convertido en pesadilla!

13. ¿Además de la carta de invitación hace falta demostrar solvencia económica?

Si. Ya sea para la solicitud del visado o para ingresar al territorio Schengen, se debe estar en la capacidad de demostrar los recursos para solventar los gastos del viaje. Este 2022, el monto es de 100 euros por día de estancia, aunque con la presentación de la carta los funcionarios son flexibles en la cuantía.

Ver ¿Cuántos euros debo justificar para ingresar a Europa?

14. ¿Cuáles son los requisitos para obtener la carta de invitación?

Entre los requisitos para obtener la carta de invitación se deben suministrar algunos datos del invitado, una copia del documento de identidad del invitante, un formulario de solicitud, documentación que acredite disponibilidad de la vivienda, el pago de las tasas de solicitud y de la carta si es aceptada.

15. ¿En un viaje por turismo o privado que otros requisitos se deben presentar?

Además de la prueba de alojamiento, los justificativos económicos, el itinerario y la confirmación de la reserva en caso de tratarse de un viaje organizado, puede requerirse el billete de vuelta. (Este buscador de billetes de avión permite comparar y encontrar interesantes ofertas).

Ver Entrar a España como turista: Mitos y verdades

16. Soy español, viajo con mi cónyuge extra-comunitaria, ¿ella debe presentar una carta de invitación?

No. Al viajar juntos, basta con presentar los justificativos de dicho parentesco: libro de familia y el certificado literal de matrimonio, expedido durante los 3 meses previos al viaje, por el registro civil español.

Ver Familiar de Comunitario: 12 Dudas comunes

17. Además de la prueba de alojamiento: carta de Invitación o reserva hotelera confirmada, ¿necesito un seguro de viaje para ingresar al territorio Schengen?

El seguro de viaje con una cobertura mínima de 30 mil euros, en toda Europa, puede ser solicitado al ingreso, aunque no siempre se especifica como obligatorio, desde la llegada de la pandemia los funcionarios son más estrictos con este requisito y pueden exigirlo. Cotízalo y adquiérelo aquí por un menor precio.

18. ¿Cuáles son los requisitos para viajar a España con carta de invitación este 2025?

Los requisitos para viajar con carta de invitación a España, básicamente son los mismos que con cualquier otra prueba de alojamiento:

Lo único que cambia el contar con una carta de invitación, es que esta en si misma es un justificativo del motivo del viaje, si es visita familiar. Algunos funcionarios al ver la carta de invitación se relajan con el tema de los justificativos económicos y dejan de exigirlos si no ven nada sospechoso, o son flexibles en la cifra.

19. ¿Por qué pueden negar una carta de invitación?

En España deniegan una carta de invitación, cuando la información contenida en la solicitud es falsa o no se cumple con los requisitos. Los motivos son descritos en el documento de denegación en caso de que se presente, esto se puede apelar.

Una razón para negar la carta, es que la casa o piso en la que pretendas acoger a tu invitado no cuente con espacio suficiente para hospedar a otra persona, si el área es muy limitada y lo habitan muchas personas, los funcionarios determinan la capacidad de acogida de otro huesped.

Aunque es muy raro, pueden exigir que el solicitante comparezca a una entrevista presencial para corroborar la información suministrada, si el interesado no se presenta en el plazo fijado, que es de un máximo de 90 días, salvo fuerza mayor, se considera como desistimiento de la solicitud y por ende el trámite se detiene automáticamente.

20. ¿Qué pasa si una persona se queda en España después de haber ingresado con una carta de invitación?

El invitante puede ser penalizado con una multa de 6 mil euros, según el compromiso que adquiere al diligenciar y firmar el formulario de solicitud.

Solo debes tramitar una carta de invitación si conoces muy bien a la persona de la que te estás haciendo responsable y tienes la convicción de que no se quedará más allá del tiempo autorizado. O en caso de que seas tú quien viaje a España y contemples quedarte, de acuerdo a varios abogados es mejor que realices una reserva hotelera para evitarle problemas a tu anfitrión.

21. ¿Puede una persona en situacion irregular tramitar una carta de invitación?

No. Uno de los primeros requisitos para solicitar la carta de invitación para un familiar o amigo es estar en situación regular.

22. ¿Puedo prolongar mi estadía en España si decido quedarme después de la fecha de salida estipulada en la carta de invitacion?

Si, siempre y cuando no se sobrepase el tiempo autorizado para permanecer en el espacio Schengen, de 90 días en un periodo de 180 días. No es necesario que vayas a ninguna oficina de turismo ni a ninguna parte para declarar la prórroga de tu estancia, solo basta que respetes los tiempos.

23. ¿Puedo viajar a Francia u otros países de la zona Schengen con una carta de invitación de España?

Si. Cuando ingresas al espacio Schengen tienes la posibilidad de moverte por todos los países que lo componen, incluyendo Francia, Italia, Portugal, Alemania, Países Bajos, por citar solo algunos. Y aunque en principio, solo cuentes con una carta de invitación que indique que estarás todo el tiempo en España, en la práctica, no hay ningún problema, solo debes respetar el plazo establecido y abandonar el espacio Schengen en los 90 días permitidos.

Desde luego siendo cuidadoso en lo que le comentas a los funcionarios a tu ingreso, debe haber coherencia entre tus argumentos y los documentos con los que cuentas, para no confundirlo.

24. ¿Con carta de invitación se puede quedar en España una persona?

No. La carta de invitación no da el derecho a quedarse en España, para tal fin se debe adelantar el trámite para obtener un permiso de residencia o estancia si las circunstancias lo permiten.

25. ¿Qué hacer en caso de qué se pierda la carta de invitación o no llegue a tiempo a través del correo postal?

Hay que anticiparse a la situación, escanear la carta y enviarla por Internet. Luego buscar un servicio postal confiable, confirmar los tiempos de llegada, guardar la guía y constancia del envío.

En caso de que la carta nunca llegue a manos de tu invitado, él puedes viajar con una copia y la prueba de que se realizó el envío por correo postal, con esto, los funcionarios comprenderán que si no tiene el documento original es por motivos ajenos a su voluntad.


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Si tienes nuevas inquietudes referentes a la carta de invitación para ir a España o quieres aportar una opinión basado en tu experiencia, puedes dejar un comentario en la parte inferior, iré actualizando este artículo con las dudas y aportes más interesantes.

Edith blog de viajes colombiaEdith A.

Apasionada por descubrir nuevas culturas y por todo lo que implica llegar a otro lugar. Te comparto mis experiencias sobre los países en los que he vivido y sobre otros, que he visitado… para que sepas lo que debes tener en cuenta a la hora de emprender tu propia aventura.

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1.897 Comentarios

  1. Alejandro

    Buenos días; tengo un problema y es que he mandado una carta de invitación a un nepalí conocido mío y ahora me entero que tiene previsto ir desde España a Alemania y a Finlandia a ver a supuestos hermanos suyos; mi pregunta es si una vez que salga de España tengo alguna responsabilidad si decidiese no regresar a su país.
    Gracias

    • Mi Viajar

      Buenos días Alejandro,
      Pienso que si, tú al firmar una carta de invitación, de alguna manera te estás haciendo responsable de que tu invitado salga del territorio Schengen en el plazo estipulado, igual te sugiero que te pongas en contacto con la comisaría de policía sin comprometer tu nombre, para tener mayor información sobre el tema.
      Un saludo

  2. María R

    Buenas tardes, Soy venezolana y tengo nacionalidad española. en el mes de septiembre nos vamos mi hijo ( de mi primer matrimonio ) y yo a vivir. MI segundo esposo viajará 1 mes mas tarde. No hemos podido desde hace 1 año tramitar la inscripcion de matrimonio porque estamos ejecutando el exequatur de mi divorcio, el abogado me indicó que el puede ingresar sin problemas y allá cambiaríamos status legalmente. Qué recomiendan ustedes en este caso? El podrá ingresar como turista y estando allá podemos resolver la estadía de él de manera legal? o cual sería el procedimiento para que el pueda entrar legalmente al país?

    Gracias

    • Mi Viajar

      Buenos días Maria,
      En efecto su esposo como venezolano podría ingresar como turista y una vez allí resolver la situación para residir legalmente como cónyuge de comunitario. Conozco otras personas que lo han hecho así. Al ingresar como turista se deben cumplir los requisitos mencionados en el punto 3 de este enlace http://buff.ly/1TCozO3
      Un saludo

  3. laura

    Buenas tardes. Soy Colombiana con nacionalidad española. Hace 2 semanas fuimos a Colombia a la boda de mi hermana y dejé a mis 2 hijas (las 2 con nacionalidad española) con mis padres que vienen en 2 semanas con ellas. No nos dio tiempo material a tramitar la carta de invitación pero aportan con ellos una carta informal donde mi esposo (español) y yo indicamos que se van a alojar en nuestro domicilio. Además, tienen el contrato de alquiler de la casa e incluso nuestra declaración de la renta. Les podrían poner problema al entrar con 2 ñiñas (de 2 y 5 años) españolas??

    • Mi Viajar

      Buenas tardes Laura,
      Primero que todo tus hijas necesitan un permiso por parte tuya y de tu esposo, para poder salir de Colombia, con este documento pueden viajar con tus padres sin problema, aquí encuentras mayor información http://buff.ly/1X76rix Es importante que tus padres demuestren a través de un registro de nacimiento o del libro de familia que son ascendientes de comunitario, también es necesario que puedan demostrar que van a reunirse contigo, creo que con el contrato de alquiler y la declaración pueden demostrarlo. De esta manera ingresarían como familiares de comunitario y no necesitarían la prueba de alojamiento. En este enlace tienes más detalles http://buff.ly/1rmrXDI
      Un saludo

  4. Diana

    Buenos días, tengo una consulta, soy Colombiana, tengo permiso de residencia, voy a viajar a Colombia de vacaciones y mis padres vienen conmigo, tenemos los pasajes y los justificantes económicos, pero no se si es necesario pedir la carta de invitación, ya que al viajar con ellos,justifico que van a estar conmigo

    • Mi Viajar

      Buenas tardes Diana,
      A excepción de que tú o tu esposo, en caso de que seas casada, tengan la nacionalidad española, tus padres deben contar con la prueba de alojamiento, porque el funcionario en el control fronterizo la puede solicitar.
      Un saludo

      • Diana

        Hola, primero gracias por la respuesta, en mi caso si estoy casada y mi marido tiene la nacionalidad Española y yo tengo el permiso de «regimen comunitario», pero en el momento del viaje vengo sola con mis padres. Tendría que llevar algún justificante del matrimonio (libro de familia, declaración de la renta etc)

      • Mi Viajar

        Hola de nuevo Diana,
        Es importante que tus padres puedan demostrar el vínculo con tu esposo y que viajan a reunirse con él, para ello necesitas el libro de familia y tu acta de nacimiento, además un certificado de empadronamiento. En ese caso ingresarían como ascendientes de comunitario y la prueba de alojamiento se obviaría. En estos enlaces tienes mayor información http://buff.ly/1PzkusJ http://buff.ly/1UtYPlC
        Saludos y buen viaje!

  5. Stefania

    Buenos Días,

    Tengo un amigo en Ecuador que quiero venga de vacaciones por el mes de agosto a España; le he mandado la carta de invitación y ya tiene todos los documentos, pero me indica que le han sugerido que presente un «acta de manifestación» del invitante/anfitrión en España donde indique que va a asumir tofos los gastos de manutención durante su estadía, dado que en su cuenta bancaria solo cuenta con un flujo de 2500 usd. Es de verdad necesaria esa acta de manifestación? o ¿podría ser considerada como «sospechosa» por el consulado español y ser un motivo para que le nieguen la visa? (no hay vínculo familiar). El es servidor público (policía), tiene ya el nombramiento definitivo y trabajar mas de tres años como policía. La única duda que tenemos es sobre la solvencia económica pues consideramos que los 2500 usd pueden resultar «insuficientes» parea el consulado. Muchisimas gracias por su aportación.

    • Mi Viajar

      Buenos días Stefania,
      Quien le ha hecho esta sugerencia a tu amigo?, cuál sería la duración de su viaje?, los recursos van ligados a los días que él pretenda quedarse en el territorio Schengen. Lo que me comentas referente a su situación laboral, es una prueba suficiente de arraigo que puede jugar a su favor en la solicitud del visado. Generalmente para estos trámites suelen fijarse sobretodo en los recursos propios, a excepción de que se trate de algún familiar directo (ascendiente, hijo, cónyuge).
      Un saludo

    • yoselin

      hola .. una pregunta de no poseer euros se pueden presentar dolares y cuantos dolares seria por dia gracias por su respuesta

      • Mi Viajar

        Hola Yoselin,
        Si, se pueden presentar dólares. La tasa de cambio está en constante movimiento. Te recomiendo esta página para hacer la conversión http://www.xe.com/es/
        Un saludo

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