Los familiares de comunitario tienen ciertos derechos en España y otros países de Europa, tanto para ingresar al espacio, residir o incluso trabajar. Pero no basta con ser familiar de un ciudadano español o de otro país comunitario, se deben cumplir algunos requisitos, además no todos los familiares de comunitario tienen estos beneficios, solamente los más cercanos de acuerdo a su grado de consanguinidad o afinidad.
Son varias las dudas que surgen alrededor del tema, de las que me hacen participe varios de ustedes cuando me escriben, así que intentaré resolver a continuación las más frecuentes:
1. ¿Qué es un ciudadano comunitario en España?
Para empezar, hay que esclarecer determinados términos que por simples que parezcan se prestan para confusiones. Cuando se habla de ciudadano comunitario se hace referencia a los ciudadanos que tienen la nacionalidad de uno de los países mencionados en el siguiente punto.
2. ¿A qué hace referencia el Régimen comunitario?
Cuando se habla de régimen comunitario se hace referencia al conjunto de derechos que tienen los nacionales y algunos de sus familiares para ingresar y permanecer en los países que son parte de la Unión Europea, tales como: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal, Reino Unido y Suecia), de nacionales de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) y de los nacionales de la Confederación Suiza.
3. ¿A quienes se les considera familiares de comunitario?
Algunos de los familiares de los nacionales de los países citados en el punto 2, son considerados como familiares de comunitario, éstos son:
- Cónyuge o pareja de hecho debidamente registrada.
- Hijos menores de 21 años o mayores a cargo, o de su cónyuge.
- Ascendientes a cargo del ciudadano de la Unión Europea, o de su cónyuge.
4. ¿Qué requisitos debe cumplir un familiar de comunitario para ingresar al espacio Schengen?
Los familiares de comunitario citados en el punto anterior, dependiendo de su nacionalidad deben estar en la posesión o no de un visado. En el caso de nacionales de países a cuyos ciudadanos no se les exige visado para ingresar al espacio Schengen, pueden ingresar al territorio como familiares de comunitario, siempre y cuando viajen acompañados por éste o viajen para reunirse con él, llevando consigo los documentos que demuestran el vínculo, como libro de familia, certificado de nacimiento o de matrimonio, y un documento que acredite que viajan para reunirse con su familiar comunitario, este puede ser un certificado de empadronamiento o un acta de manifestaciones en notaria donde el comunitario lo deje claro.
5. ¿Pueden trabajar los familiares de comunitario en España?
La tarjeta de residencia como familiar de comunitario otorga algunos derechos, entre ellos el de trabajar legalmente en España o en el país del espacio Schengen donde se haya autorizado dicha residencia.
6. ¿Qué tipo de visado debe tramitar el familiar de un comunitario para viajar a España?
Dependiendo del país de origen, puede hacerse necesaria la tramitación de un visado, como en el caso de nacionales de Ecuador, Bolivia, República Dominicana, Marruecos, etc. Para los familiares de comunitario que viajen juntos o para reunirse con él, existe un tipo de visado especial y los requisitos suelen ser más asequibles que los de un visado convencional. Por ejemplo, no hay que presentar ni justificativos económicos ni prueba de alojamiento, pero el ciudadano comunitario debe elaborar una carta simple donde exprese su deseo de que se expida un visado para su familiar porque viaja con él o para reunirse con él en Europa. Las tasas para este tipo de visa son gratuitas.
7. ¿Puede el familiar de un español optar por la nacionalidad?
Depende del vínculo familiar. En el caso de los cónyuges se acortan los plazos para optar a la nacionalidad por residencia, y después de solo un año de matrimonio y residencia en España se puede iniciar el trámite. Cuando se trata de ascendientes, no hay ningún privilegio especial para obtener la nacionalidad, la única opción es cumplir los requisitos y esperar los plazos establecidos de residencia.
Finalmente si hablamos de los descendientes de un español, la situación es distinta, ellos tienen el derecho a la nacionalidad siempre y cuando uno de sus padres sea de origen español. También hay otras opciones para los descendientes de extranjeros que carecen de nacionalidad o que han nacido en España.
8. ¿Cómo se realiza la reagrupación familiar en régimen comunitario en España?
Después de que el familiar a reagrupar ingrese a España con o sin visado de acuerdo a su nacionalidad, tiene un plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de entrada, para solicitar la tarjeta de residencia.
El trámite se adelanta en la oficina de extranjería o en la comisaría de policía del lugar donde se vaya a residir. Una vez se hace la solicitud y si todo está en orden, el familiar del comunitario recibe un resguardo que le permite acreditar su estancia legal en el país mientras obtiene la tarjeta. Generalmente la tarjeta se expide por 5 años, a excepción de que el periodo previsto de residencia en la Unión Europea por parte del ciudadano comunitario, sea de un plazo menor.
9. ¿Cuáles son los requisitos para la tarjeta de residencia de familiar de comunitario?
Para obtener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea, el interesado debe presentar la solicitud personalmente y cumplir los siguientes requisitos:
- Impreso de solicitud diligenciado (EX–19)
- Pasaporte vigente
- Documentos actualizados que demuestren el vínculo con el ciudadano comunitario
- Certificado de registro del ciudadano comunitario junto a su pasaporte o documento de identidad, o DNI si se trata de un español
- En caso de descendientes mayores de 21 años o ascendientes, documentación acreditativa de su dependencia económica total o principal, por parte del reagrupante.
- Tres fotografías a color, con fondo blanco.
- A excepción de que se tenga el número NIE asignado previamente a la solicitud de la tarjeta, debe presentarse el documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente (unos 10,20 euros)
- En caso de que el familiar comunitario trabaje por cuenta ajena, el contrato de trabajo y el alta en la seguridad Social.
- Si el familiar comunitario no tiene aún ninguna actividad laboral en España, tendrá que presentar la acreditación de los recursos económicos suficientes para solventar sus gastos y los de su familiar extracomunitario y un seguro de enfermedad público o privado que tenga cobertura en España equivalente al proporcionado por el Sistema nacional de Salud, por el periodo que prevean residir en el país. (cotizalo y compralo aquí con descuento de hasta el 50%)
10. ¿Qué derechos se tienen como familiar de ciudadano comunitario?
Los familiares de un ciudadano comunitario están cobijados prácticamente por los mismos derechos de este último, es decir pueden residir, trabajar, estudiar, en función al permiso obtenido por el ciudadano comunitario, en caso de que estén en otro país de la Unión Europea.
Derechos de residencia de familiar de comunitario
11. ¿Cuánto tiempo puede estar por fuera de España el familiar de un comunitario para no perder la residencia?
Cuando se trata de una residencia temporal de 5 años, se puede permanecer fuera de España por 6 meses en un periodo de un año. Y cuando se cuenta con una tarjeta permanente, se puede permanecer fuera del país hasta dos años.
12. ¿Cuándo se puede solicitar la residencia permanente en España como familiar de comunitario?
Como se mencionaba en un punto anterior, el familiar de comunitario tiene casi los mismos derechos que este último, entre ellos el de la residencia permanente, después de haber vivido legalmente en el país de acogida durante 5 años, incluso si no cuentan con un empleo. Eso si, teniendo en cuenta que no se haya roto el vínculo con el ciudadano por el que se obtuvo la autorización de residencia inicial.
Más información sobre la residencia permanente en España como familiar de comunitario
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Edith A.





Hola, buenas noches. Quisiera que me ayudes con ésta duda. Estoy yendo a España con motivo de reagrupación familiar, mi padre (peruano al igual que yo) ya tiene la nacionalidad, me ha enviado varios documentos que certifiquen que él vive y trabaja allá y todo, pero quisiera saber si es necesario que yo tenga mi pasaje de regreso, porque mi objetivo es ir y quedarme allá con él y mi familia, cuál sería además el mayor problema.
Gracias.
Buenos días Karla,
Si eres menor de 21 años y quieres ingresar a España como descendiente de comunitario para reagruparte, debes contar con el libro de familia u otro documento que demuestre el parentesco con tu padre, al igual que copia de su DNI Y los certificados que demuestren que viajas a reunirte con él. En cuanto al tiquete de regreso, para ingresar a España como tal, no deberían exigírtelo, pese a ello algunas aerolíneas obstaculizan el abordaje del avión si no se cuenta con el billete de vuelta, así que infórmate con los funcionarios de la aerolínea que vayas a usar. También recuerda que como menor necesitas el permiso de tus padres para salir del país.
Saludos
muy buena pagina los felicito
tengo una pregunta, si tengo una prohibicion de entrada en un pais de europa pero solo es en ese pais,solo es territorio nacional mas no es schengen puedo ingresar tranquilamente a otro pais de europa?
muchas gracias feliz dia
Hola Esteban,
Gracias. En principio no debería haber problema, a excepción de que exista algún convenio internacional del que ese país por el que vas a ingresar y en el que tienes denegada la entrada sean parte, o que consideren que representas un peligro para la población.
Saludos
Buenos dias, gracias por este blog tan útil para todos. Tengo esta duda: soy casada hace 17 años con español y tenemos un Hijo de 19 años; tenemos nuestro matrimonio registrado y nuestro libro de familia y mi hijo tiene tambien su nacionalidad actualmente residimos en Colombia. En el año 2001 vivimos un año en España como español retornados y tuve mi tarjeta de residencia pero por trabajo nos regresamos a colombia y no alcance a tramitar mi nacionalidad. Ambos laboramos para el Estado colombiano. Mi pregunta es que si puedo tramitar mi nacionalidad viviendo en Colombia. Gracias
Hola soy colombiana estuve viviendo en españa legalmente pero hace 4 años volvi acolombia y mi nie caduco tengo un hijo nacido en españa pero tambien su dni y pasaporte español estan caducados queremos viajar de vacaciones con mi esposo con nacionalidad uruguaya y es española tenemos billetes ida y vuelta es nesario llevar medico podre entrar sin problemas?
Hola Martina,
Si tu matrimonio está inscrito ante la administración española y tienes libro de familia, al viajar juntos y con este documento puedes ingresar al espacio Schengen como cónyuge de comunitario.
Saludos
Hola! Buenas noches!
Tengo una duda que me esta saliendo muy dificil de solucionar. He estado 1 año en España para estudiar, mi NIE se ha caducado pero sigo en el periodo de renovación. Hice pareja de hecho con mi novio hace 1 semana y tenemos un viaje a Irlanda en el domingo, hasta el día 3 de enero. He ido a la Policia a pedir una solicitud de regreso, pero no hay citas disponibles.
Mi pregunta es, puedo ir a Irlanda y volver con los documentos que tenemos de pareja de hecho? De cualquer manera he pedido hoy la renovación de mi NIE como estudiante, solo por «si aca», y tengo el documento que empezé el tramite. Cres que tendré problemas en las fronteras?
Muchas gracias!!!