ESPAÑA | TRÁMITES

Familiar de comunitario en España: Preguntas Frecuentes

familiar comunitario españa

Los familiares de comunitario tienen ciertos derechos en España y otros países de Europa, tanto para ingresar al espacio, residir o incluso trabajar. Pero no basta con ser familiar de un ciudadano español o de otro país comunitario, se deben cumplir algunos requisitos, además no todos los familiares de comunitario tienen estos beneficios, solamente los más cercanos de acuerdo a su grado de consanguinidad o afinidad.

Son varias las dudas que surgen alrededor del tema, de las que me hacen participe varios de ustedes cuando me escriben, así que intentaré resolver a continuación las más frecuentes:

1. ¿Qué es un ciudadano comunitario en España?

Para empezar, hay que esclarecer determinados términos que por simples que parezcan se prestan para confusiones. Cuando se habla de ciudadano comunitario se hace referencia a los ciudadanos que tienen la nacionalidad de uno de los países mencionados en el siguiente punto.

2. ¿A qué hace referencia el Régimen comunitario?

Cuando se habla de régimen comunitario se hace referencia al conjunto de derechos que tienen los nacionales y algunos de sus familiares para ingresar y permanecer en los países que son parte de la Unión Europea, tales como: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal, Reino Unido y Suecia), de nacionales de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) y de los nacionales de la Confederación Suiza.

3. ¿A quienes se les considera familiares de comunitario?

Algunos de los familiares de los nacionales de los países citados en el punto 2, son considerados como familiares de comunitario, éstos son:

  • Cónyuge o pareja de hecho debidamente registrada.
  • Hijos menores de 21 años o mayores a cargo, o de su cónyuge.
  • Ascendientes a cargo del ciudadano de la Unión Europea, o de su cónyuge.

4. ¿Qué requisitos debe cumplir un familiar de comunitario para ingresar al espacio Schengen?

Los familiares de comunitario citados en el punto anterior, dependiendo de su nacionalidad deben estar en la posesión o no de un visado. En el caso de nacionales de países a cuyos ciudadanos no se les exige visado para ingresar al espacio Schengen, pueden ingresar al territorio como familiares de comunitario, siempre y cuando viajen acompañados por éste o viajen para reunirse con él, llevando consigo los documentos que demuestran el vínculo, como libro de familia, certificado de nacimiento o de matrimonio, y un documento que acredite que viajan para reunirse con su familiar comunitario, este puede ser un certificado de empadronamiento o un acta de manifestaciones en notaria donde el comunitario lo deje claro.

5. ¿Pueden trabajar los familiares de comunitario en España?

La tarjeta de residencia como familiar de comunitario otorga algunos derechos, entre ellos el de trabajar legalmente en España o en el país del espacio Schengen donde se haya autorizado dicha residencia.

6. ¿Qué tipo de visado debe tramitar el familiar de un comunitario para viajar a España?

Dependiendo del país de origen, puede hacerse necesaria la tramitación de un visado, como en el caso de nacionales de Ecuador, Bolivia, República Dominicana, Marruecos, etc. Para los familiares de comunitario que viajen juntos o para reunirse con él, existe un tipo de visado especial y los requisitos suelen ser más asequibles que los de un visado convencional. Por ejemplo, no hay que presentar ni justificativos económicos ni prueba de alojamiento, pero el ciudadano comunitario debe elaborar una carta simple donde exprese su deseo de que se expida un visado para su familiar porque viaja con él o para reunirse con él en Europa. Las tasas para este tipo de visa son gratuitas.

Requisitos Visado para familiares de ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza

7. ¿Puede el familiar de un español optar por la nacionalidad?

Depende del vínculo familiar. En el caso de los cónyuges se acortan los plazos para optar a la nacionalidad por residencia, y después de solo un año de matrimonio y residencia en España se puede iniciar el trámite. Cuando se trata de ascendientes, no hay ningún privilegio especial para obtener la nacionalidad, la única opción es cumplir los requisitos y esperar los plazos establecidos de residencia.

Finalmente si hablamos de los descendientes de un español, la situación es distinta, ellos tienen el derecho a la nacionalidad siempre y cuando uno de sus padres sea de origen español. También hay otras opciones para los descendientes de extranjeros que carecen de nacionalidad o que han nacido en España.

8. ¿Cómo se realiza la reagrupación familiar en régimen comunitario en España?

Después de que el familiar a reagrupar ingrese a España con o sin visado de acuerdo a su nacionalidad, tiene un plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de entrada, para solicitar la tarjeta de residencia.

El trámite se adelanta en la oficina de extranjería o en la comisaría de policía del lugar donde se vaya a residir. Una vez se hace la solicitud y si todo está en orden, el familiar del comunitario recibe un resguardo que le permite acreditar su estancia legal en el país mientras obtiene la tarjeta. Generalmente la tarjeta se expide por 5 años, a excepción de que el periodo previsto de residencia en la Unión Europea por parte del ciudadano comunitario, sea de un plazo menor.

9. ¿Cuáles son los requisitos para la tarjeta de residencia de familiar de comunitario?

Para obtener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea, el interesado debe presentar la solicitud personalmente y cumplir los siguientes requisitos:

  • Impreso de solicitud diligenciado (EX–19)
  • Pasaporte vigente
  • Documentos actualizados que demuestren el vínculo con el ciudadano comunitario
  • Certificado de registro del ciudadano comunitario junto a su pasaporte o documento de identidad, o DNI si se trata de un español
  • En caso de descendientes mayores de 21 años o ascendientes, documentación acreditativa de su dependencia económica total o principal, por parte del reagrupante.
  • Tres fotografías a color, con fondo blanco.
  • A excepción de que se tenga el número NIE asignado previamente a la solicitud de la tarjeta, debe presentarse el documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente (unos 10,20 euros)
  • En caso de que el familiar comunitario trabaje por cuenta ajena, el contrato de trabajo y el alta en la seguridad Social.
  • Si el familiar comunitario no tiene aún ninguna actividad laboral en España, tendrá que presentar la acreditación de los recursos económicos suficientes para solventar sus gastos y los de su familiar extracomunitario y un seguro de enfermedad público o privado que tenga cobertura en España equivalente al proporcionado por el Sistema nacional de Salud, por el periodo que prevean residir en el país. (cotizalo y compralo aquí con descuento de hasta el 50%)

10. ¿Qué derechos se tienen como familiar de ciudadano comunitario?

Los familiares de un ciudadano comunitario están cobijados prácticamente por los mismos derechos de este último, es decir pueden residir, trabajar, estudiar, en función al permiso obtenido por el ciudadano comunitario, en caso de que estén en otro país de la Unión Europea.

Derechos de residencia de familiar de comunitario

11. ¿Cuánto tiempo puede estar por fuera de España el familiar de un comunitario para no perder la residencia?

Cuando se trata de una residencia temporal de 5 años, se puede permanecer fuera de España por 6 meses en un periodo de un año. Y cuando se cuenta con una tarjeta permanente, se puede permanecer fuera del país hasta dos años.

12. ¿Cuándo se puede solicitar la residencia permanente en España como familiar de comunitario?

Como se mencionaba en un punto anterior, el familiar de comunitario tiene casi los mismos derechos que este último, entre ellos el de la residencia permanente, después de haber vivido legalmente en el país de acogida durante 5 años, incluso si no cuentan con un empleo. Eso si, teniendo en cuenta que no se haya roto el vínculo con el ciudadano por el que se obtuvo la autorización de residencia inicial.

Más información sobre la residencia permanente en España como familiar de comunitario

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Edith blog de viajes colombiaEdith A.

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727 Comentarios

  1. SUSANA DE GONZALEZ

    Susana de Gonzalez. soy venezolana y mi esposo tiene doble nacionalidad español – venezolano, español por nacimiento, vive en españa hace dos años, pero vino en el 2017 y nos casamo, se regreso el 02 de julio, vive y trabaja alla, no pudo inscribir el matrimonio aqui porque le mandaron a pagar un execuatour alla en españa, el ya lo pago y registro por alla, pero aun no ha inscrito nuestro matrimonio alla porque yo debo firmar y responder unas preguntas cuando yo este alla, al menos eso le han dicho, por eso no tenemos el libro de familia, ni nada inscrito por alla en españa aun, piensa mandarme a buscar en mayo de este año , el me dice que en la policia de alla le dijeron que no necesito carta de invitacion, sino copia de su dni y el empadronamiento, que tampoco necesito un seguro, ..solo eso y el pasaje, estoy aterrada con lo de emigración, leo tantas cosas que ufff me da mas miedo eso que volar en avion, que debo llevar realmente, si solo tengo mi acta de matrimonio apostillada donde demuestro que soy su esposa,,mas lo que el me mandaria como su dni y empadronamiento y pasaje ida y vuelta, debo decir que voy como turista o mejor que voy a encontrarme con mi esposo, por favor ayudame aclarar mis dudas, p como voy llevar un libro de familia si aun no lo tengo, aun asi puedo viajar como familiar de un comunitario? . puedo decir que voy a tramitar mi matrimonio por alla?

    • Mi Viajar

      Hola Susana,
      Sé de otros compatriotas tuyos que han logrado ingresar en España con los documentos que le han dicho a tu esposo, de hecho con la normativa de familia extendida que favorece a la pareja estable de un comunitario, es decir en casos como el tuyo donde el matrimonio aún no está inscrito en el espacio Schengen, en teoría se podría ingresar como familiar de comunitario. Lo que no sé es que tan empapados estén los funcionarios en el aeropuerto de todo esto y hasta que punto se haga valer para el ingreso a España. Si viajas con esos documentos, la única opción es que digas que vas a reunirte con tu esposo y que la inscripción está en marcha.
      Saludos y por favor cuéntame como te va

  2. Rodrigo

    Hola, Recientemente nos hemos inscrito en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía por poderes, mi pareja cubana todavía en Cuba, va a solicitar el visado familiar comunitario en el Consulado de España en La Habana presentando el certificado de pareja de hecho como prueba de parentesco para viajar a España por reagrupación y poder solicitar la tarjeta familiar de residencia y trabajo en extranjería. Mi pregunta es, si el visado se solicita por reagrupación familiar que se pone en el formulario del Visado Schengen, en las casillas «21. Motivo del viaje», entre los motivos vienen las casillas de «Turismo, Negocios, Cultural, etc», pero ninguna de «Reagrupación familiar», aparece la casilla de «Otro (especifíquese)», marco esa y especifico Reagrupación familiar?. Más abajo en la casilla «25. Duración prevista de la estancia…, indíquese el número de días»? viene para quedarse, y lo mismo en la casilla «30. Fecha prevista de salida»?, no se que poner en estas casillas al ser el motivo por reagrupación familiar y quedarse a vivir en España. Muchas Gracias.

    • Andrés

      Yo tengo la misma pregunta, en fecha de retorno se pone alguna fecha por poner, porque al llegar a España se tramitaría la residencia en el lapso de los 3 meses.

    • Laura

      Hola Rodrigo, hace una semana tuve esas mismas preguntas y no consegui ayuda. Pues bien, despues de solicitar el visado (ya concedido) en India para mi marido, pregunte en el consulado español en Nueva Delhi. Y me dijeron en la casilla de motivos: Marcas Otros y especifica reagrupacion familiar de comunitario. En dias de estacia y fecha prevista de salida, me dijeron que no es aplicable en mi caso. Que lo dejara en blanco o pusiera N/A (no aplicable). Simplemente deja esas dos casillas en blanco, y una vez en ventanilla compruebalo con ellos. Mucha suerte! Ayer recogimos el visado de mi marido 🙂

      • Rodrigo

        Muchísimas gracias Laura y enhorabuena!!!

  3. Jose fernandez

    Buenos dias me podria ayudar con informacion . Mi esposa y yo nos casamos en españa en el 2008 yo en ese momento estuve indocumentado yo regrese a ecuador en el 2011 luego en el 2012 ella obtuvo la nacionalidad española por recidencia y retorno tambien a ecuador aqui nacio nuestro hijo que tiene ya 3 años y le estamos tramitando el pasaporte español pero aun tenemos la cita para mayo aunque ya tenemos la partida de nacimiento nuestra idea es volver a españa pero no sabemos como puedo hacer yo para legalizarme y viajar todos juntos . Puede ella tramitarme la nacionalidad española a mi aqui en el consulado de guayaquil desde ya le agradesco su ayuda

    • Mi Viajar

      Buenas tardes Jose,
      Si se casaron en España y tienes el libro de familia, con ese y otros documentos podrías solicitar un visado de familiar de comunitario. En este enlace tienes más información https://goo.gl/Qi3w45 Llegando a España debes tramitar tu tarjeta de residencia. La nacionalidad solo podrás solicitarla al año de estar residiendo allí, siempre y cuando estés allí durante el tiempo que dure el proceso.
      Saludos

      • Jose fernandez

        Gracias por responder a mis inquietudes .pero no lo tengo muy claro ,el momento que llege a españa con mi esposa puedo tramitar mi tarjeta de recidencia sin que ella no este trabajando o es indispensable q ella tenga trabajo para yo poder solicitarla y ademas esta tarjeta de residencia me abilita para poder trabajar en españa y en cualquier pais de la comunidad europea o no .desde ya te agradesco por tu grandisima ayuda en estos temas

  4. Nicolás

    mil gracias de nuevo, esta información es de vital importancia. cuento con fotocopia del DNI de mi padre, su registro civil español también lo tengo, el certificado de empadronamiento de él y su pareja también está en mi poder, y la copia de su pasaporte español igualmente. por mi parte todo esta en orden, pasaporte, acta de nacimiento, tengo 20 años. crees que podría tener algún problema en migración en españa? el certificado de la notaria es el único documento faltante, no sé su nivel de importancia. disculpa por recalar tanto en el ta, pero es muy importante para mi, agradeceria tu respuesta otra vez.

  5. Daniela

    Hola buen dia mira mi inquietud es la siguiente soy colombiana doble nacionalidad española mi hija.tiene su nacionalidad y pasaporte tenemos libro de familia por la iscribcion de su nacimiento pero.no estamos casados con ese libro de familia donde aparecemos los dos como padres de la niña podemos viajar el es colombiano y otra pregunta el libro de familia por matrimonio es lo mismo q por iscribcion de nacimiento o debemos casarnos

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