Los familiares de comunitario tienen ciertos derechos en España y otros países de Europa, tanto para ingresar al espacio, residir o incluso trabajar. Pero no basta con ser familiar de un ciudadano español o de otro país comunitario, se deben cumplir algunos requisitos, además no todos los familiares de comunitario tienen estos beneficios, solamente los más cercanos de acuerdo a su grado de consanguinidad o afinidad.
Son varias las dudas que surgen alrededor del tema, de las que me hacen participe varios de ustedes cuando me escriben, así que intentaré resolver a continuación las más frecuentes:
1. ¿Qué es un ciudadano comunitario en España?
Para empezar, hay que esclarecer determinados términos que por simples que parezcan se prestan para confusiones. Cuando se habla de ciudadano comunitario se hace referencia a los ciudadanos que tienen la nacionalidad de uno de los países mencionados en el siguiente punto.
2. ¿A qué hace referencia el Régimen comunitario?
Cuando se habla de régimen comunitario se hace referencia al conjunto de derechos que tienen los nacionales y algunos de sus familiares para ingresar y permanecer en los países que son parte de la Unión Europea, tales como: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal, Reino Unido y Suecia), de nacionales de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) y de los nacionales de la Confederación Suiza.
3. ¿A quienes se les considera familiares de comunitario?
Algunos de los familiares de los nacionales de los países citados en el punto 2, son considerados como familiares de comunitario, éstos son:
- Cónyuge o pareja de hecho debidamente registrada.
- Hijos menores de 21 años o mayores a cargo, o de su cónyuge.
- Ascendientes a cargo del ciudadano de la Unión Europea, o de su cónyuge.
4. ¿Qué requisitos debe cumplir un familiar de comunitario para ingresar al espacio Schengen?
Los familiares de comunitario citados en el punto anterior, dependiendo de su nacionalidad deben estar en la posesión o no de un visado. En el caso de nacionales de países a cuyos ciudadanos no se les exige visado para ingresar al espacio Schengen, pueden ingresar al territorio como familiares de comunitario, siempre y cuando viajen acompañados por éste o viajen para reunirse con él, llevando consigo los documentos que demuestran el vínculo, como libro de familia, certificado de nacimiento o de matrimonio, y un documento que acredite que viajan para reunirse con su familiar comunitario, este puede ser un certificado de empadronamiento o un acta de manifestaciones en notaria donde el comunitario lo deje claro.
5. ¿Pueden trabajar los familiares de comunitario en España?
La tarjeta de residencia como familiar de comunitario otorga algunos derechos, entre ellos el de trabajar legalmente en España o en el país del espacio Schengen donde se haya autorizado dicha residencia.
6. ¿Qué tipo de visado debe tramitar el familiar de un comunitario para viajar a España?
Dependiendo del país de origen, puede hacerse necesaria la tramitación de un visado, como en el caso de nacionales de Ecuador, Bolivia, República Dominicana, Marruecos, etc. Para los familiares de comunitario que viajen juntos o para reunirse con él, existe un tipo de visado especial y los requisitos suelen ser más asequibles que los de un visado convencional. Por ejemplo, no hay que presentar ni justificativos económicos ni prueba de alojamiento, pero el ciudadano comunitario debe elaborar una carta simple donde exprese su deseo de que se expida un visado para su familiar porque viaja con él o para reunirse con él en Europa. Las tasas para este tipo de visa son gratuitas.
7. ¿Puede el familiar de un español optar por la nacionalidad?
Depende del vínculo familiar. En el caso de los cónyuges se acortan los plazos para optar a la nacionalidad por residencia, y después de solo un año de matrimonio y residencia en España se puede iniciar el trámite. Cuando se trata de ascendientes, no hay ningún privilegio especial para obtener la nacionalidad, la única opción es cumplir los requisitos y esperar los plazos establecidos de residencia.
Finalmente si hablamos de los descendientes de un español, la situación es distinta, ellos tienen el derecho a la nacionalidad siempre y cuando uno de sus padres sea de origen español. También hay otras opciones para los descendientes de extranjeros que carecen de nacionalidad o que han nacido en España.
8. ¿Cómo se realiza la reagrupación familiar en régimen comunitario en España?
Después de que el familiar a reagrupar ingrese a España con o sin visado de acuerdo a su nacionalidad, tiene un plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de entrada, para solicitar la tarjeta de residencia.
El trámite se adelanta en la oficina de extranjería o en la comisaría de policía del lugar donde se vaya a residir. Una vez se hace la solicitud y si todo está en orden, el familiar del comunitario recibe un resguardo que le permite acreditar su estancia legal en el país mientras obtiene la tarjeta. Generalmente la tarjeta se expide por 5 años, a excepción de que el periodo previsto de residencia en la Unión Europea por parte del ciudadano comunitario, sea de un plazo menor.
9. ¿Cuáles son los requisitos para la tarjeta de residencia de familiar de comunitario?
Para obtener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea, el interesado debe presentar la solicitud personalmente y cumplir los siguientes requisitos:
- Impreso de solicitud diligenciado (EX–19)
- Pasaporte vigente
- Documentos actualizados que demuestren el vínculo con el ciudadano comunitario
- Certificado de registro del ciudadano comunitario junto a su pasaporte o documento de identidad, o DNI si se trata de un español
- En caso de descendientes mayores de 21 años o ascendientes, documentación acreditativa de su dependencia económica total o principal, por parte del reagrupante.
- Tres fotografías a color, con fondo blanco.
- A excepción de que se tenga el número NIE asignado previamente a la solicitud de la tarjeta, debe presentarse el documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente (unos 10,20 euros)
- En caso de que el familiar comunitario trabaje por cuenta ajena, el contrato de trabajo y el alta en la seguridad Social.
- Si el familiar comunitario no tiene aún ninguna actividad laboral en España, tendrá que presentar la acreditación de los recursos económicos suficientes para solventar sus gastos y los de su familiar extracomunitario y un seguro de enfermedad público o privado que tenga cobertura en España equivalente al proporcionado por el Sistema nacional de Salud, por el periodo que prevean residir en el país. (cotizalo y compralo aquí con descuento de hasta el 50%)
10. ¿Qué derechos se tienen como familiar de ciudadano comunitario?
Los familiares de un ciudadano comunitario están cobijados prácticamente por los mismos derechos de este último, es decir pueden residir, trabajar, estudiar, en función al permiso obtenido por el ciudadano comunitario, en caso de que estén en otro país de la Unión Europea.
Derechos de residencia de familiar de comunitario
11. ¿Cuánto tiempo puede estar por fuera de España el familiar de un comunitario para no perder la residencia?
Cuando se trata de una residencia temporal de 5 años, se puede permanecer fuera de España por 6 meses en un periodo de un año. Y cuando se cuenta con una tarjeta permanente, se puede permanecer fuera del país hasta dos años.
12. ¿Cuándo se puede solicitar la residencia permanente en España como familiar de comunitario?
Como se mencionaba en un punto anterior, el familiar de comunitario tiene casi los mismos derechos que este último, entre ellos el de la residencia permanente, después de haber vivido legalmente en el país de acogida durante 5 años, incluso si no cuentan con un empleo. Eso si, teniendo en cuenta que no se haya roto el vínculo con el ciudadano por el que se obtuvo la autorización de residencia inicial.
Más información sobre la residencia permanente en España como familiar de comunitario
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Edith A.





soy venezolana casada con un ciudadano español, nos casamos en venezuela, pero estamos viviendo actualmente en Bogota Colombia, y mi esposo realizo su registro de matricula consular en Bogota e introducimos la inscripcion de matrimonio en Bogota. El detalle es que es un poco demorado el proceso y tenemos planeado emigrar a españa y no sabemos si la aprobacion de la inscripcion del matrimonio estara lista antes del viaje, la pregunta es si se podria pedir una constancia que esa solicitud esta en proceso , y lo otro es que cuando lleguemos a españa como haria yo para permanecer de manera legal mientras no ha salido la resolucion de la inscripcion de matrimonio
Hola, es posible que mi marido saque el visado de comunitario? Es mayor de edad y su hermano es español nacionalizado…hace poco se quedaron sin padre y mi cuñado quiere que vayamos a vivir con el allá, es su único hermano mi marido tiene 30 años
Hola Andrea,
Para que tu hermano pueda reagruparse a través de su hermano español, tendría que demostrar que vive a su cargo. Infórmate sobre la reagrupación de familia extensa.
Saludos
Hola buenas noches soy peruana y tengo también la nacionalidad española quiero reagrupar a mi hija de 22 años que esta en mi país
Ella cumple con el requisito fundamental que depende de mi Ya que le hice giros de dinero
La pregunta es podrá entrar sin problemas a España que documentos debe traer no le harán problemas ya q mi pais no necesita visado
O será mejor q venga como turista
Orientarme por favor que debe hacer o decir en Madrid para poder entrar y no la devuelvan y de cuanto tiempo debe ser la solvencia económica y si hace falta una manifestación ante un notario
GRACIAS
BUENOS DIAS SOY PARAGUAYA TENGO A MI CONYUGUE QUE ES ESPAÑOL Y ESTAMOS REGISTRADOS COMO PAREJA DE ECHO YA MUCHICIMOS AÑOS TENEMOS TRE HIJOS DE 12 ,8 6 AÑOS Y OTRO POR VENIR DE 5 MESES ESTOY EMBARAZADA QUIERO VIAJAR A ESPAÑA A TENER A MI HIJO ALLA EN ESPAÑA TENGO EL TITULO DE FAMILIA NUMEROSA MIS HIJOS SON DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA NACIDOS EN ESPAÑA MIS DUDAS ESQUE ME PERMITIRAN LA ENTRADA YA QUE POR FUERZA MAYOR NOS VENIMOS A ECUADOR DESDE ESPAÑA A VIVIR POR MOTIVO DE TRABAJO Y ESTUDIOS DE MIS TRES HIJOS Y MI TARGETA COMUNITARIA TEMPORAL SE CADUCO HASE MAS DE UN AÑO Y MEDIO EN ECUADOR Y AHORA QUIERO VOLVER ALLA A ESPAÑA A DAR ALUZ ALLA , POR FAVOR DIGAME QUE PUEDO HACER MI ESPOSO NO ME PUEDE ACOMPAÑAR POR MOTIVO DE TRABAJOS Y CUIDADO DE MIS TRES HIJOS QUIERO VIAJAR SOLA
Hola soy Peruana, estoy casada con Español en Perú ya inscribi el matrimonio en el consulado de España, quiero viajar a España a reunirme con mi esposo, pero tambien estaria viajando conmigo mi hijo de 10 años q no es hijo de mi esposo sino de otra persona, que documentos me pedirian de mi hijo para ingresar, o puede ingresar como turista y luego ya en España pedir la residencia para los dos, que debo hacer?
Hola Gabriela,
Es importante que tanto tu como tu hijo demuestren el parentesco con tu esposo a través del libro de familia más acta de nacimiento del niño y un acta de manifestaciones notariada por parte de tu esposo donde deje claro que viajan a reunirse con él o un certificado de empadronamiento, también pueden necesitar copia de su DNI, con esto ingresarían a España como familiares de comunitario, incluso si el niño no es hijo de él. Con esto no necesitarían demostrar ni recursos ni prueba de alojamiento y podrían ser más flexibles con ustedes a la entrada. Una vez en España, deben continuar los trámites para obtener la residencia como familiares de comunitario. Ten en cuenta que tu hijo puede necesitar un permiso de salida por parte de su padre para viajar desde Perú.
Saludos
Hola, una consulta, en este tipo de casos, el familiar pasa por la fila de comunitarios? En el nuestro es un poco distinto, ya que mis hijas son italianas y mi mujer es Argentina y van a ir a España. Yo ya vivo aqui con trabajo y contrato y alquiler. Gracias!
Hola Leandro,
Hasta donde sé, tu esposa tendría que pasar por la fila de los no comunitarios.
Saludos
Hola gabriela lei tu mensaje mi caso es casi parecido al tuyo. Espero que te este yendo bien… Me gustaria saber como va tu caso sin incomodar.gracias 😉
Como va tu proceso estoy en la misma situación me gustaria hablar con tigo mi correo franchesca_61@hotmail.com
Hola, aun estoy reuniendo toda la documentación que necesitamos, los tramites demoran un poco, y tambien estoy a la espera del permiso de viaje de mi hijo, el Padre aún no me lo da.
estoy reuniendo los documentos que mi esposo tiene q mandarme para poder viajar con mi hijo, y tambien aqui pidiendo el permiso del padre de mi hijo autorizando que puede viajar.