Los familiares de comunitario tienen ciertos derechos en España y otros países de Europa, tanto para ingresar al espacio, residir o incluso trabajar. Pero no basta con ser familiar de un ciudadano español o de otro país comunitario, se deben cumplir algunos requisitos, además no todos los familiares de comunitario tienen estos beneficios, solamente los más cercanos de acuerdo a su grado de consanguinidad o afinidad.
Son varias las dudas que surgen alrededor del tema, de las que me hacen participe varios de ustedes cuando me escriben, así que intentaré resolver a continuación las más frecuentes:
1. ¿Qué es un ciudadano comunitario en España?
Para empezar, hay que esclarecer determinados términos que por simples que parezcan se prestan para confusiones. Cuando se habla de ciudadano comunitario se hace referencia a los ciudadanos que tienen la nacionalidad de uno de los países mencionados en el siguiente punto.
2. ¿A qué hace referencia el Régimen comunitario?
Cuando se habla de régimen comunitario se hace referencia al conjunto de derechos que tienen los nacionales y algunos de sus familiares para ingresar y permanecer en los países que son parte de la Unión Europea, tales como: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal, Reino Unido y Suecia), de nacionales de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) y de los nacionales de la Confederación Suiza.
3. ¿A quienes se les considera familiares de comunitario?
Algunos de los familiares de los nacionales de los países citados en el punto 2, son considerados como familiares de comunitario, éstos son:
- Cónyuge o pareja de hecho debidamente registrada.
- Hijos menores de 21 años o mayores a cargo, o de su cónyuge.
- Ascendientes a cargo del ciudadano de la Unión Europea, o de su cónyuge.
4. ¿Qué requisitos debe cumplir un familiar de comunitario para ingresar al espacio Schengen?
Los familiares de comunitario citados en el punto anterior, dependiendo de su nacionalidad deben estar en la posesión o no de un visado. En el caso de nacionales de países a cuyos ciudadanos no se les exige visado para ingresar al espacio Schengen, pueden ingresar al territorio como familiares de comunitario, siempre y cuando viajen acompañados por éste o viajen para reunirse con él, llevando consigo los documentos que demuestran el vínculo, como libro de familia, certificado de nacimiento o de matrimonio, y un documento que acredite que viajan para reunirse con su familiar comunitario, este puede ser un certificado de empadronamiento o un acta de manifestaciones en notaria donde el comunitario lo deje claro.
5. ¿Pueden trabajar los familiares de comunitario en España?
La tarjeta de residencia como familiar de comunitario otorga algunos derechos, entre ellos el de trabajar legalmente en España o en el país del espacio Schengen donde se haya autorizado dicha residencia.
6. ¿Qué tipo de visado debe tramitar el familiar de un comunitario para viajar a España?
Dependiendo del país de origen, puede hacerse necesaria la tramitación de un visado, como en el caso de nacionales de Ecuador, Bolivia, República Dominicana, Marruecos, etc. Para los familiares de comunitario que viajen juntos o para reunirse con él, existe un tipo de visado especial y los requisitos suelen ser más asequibles que los de un visado convencional. Por ejemplo, no hay que presentar ni justificativos económicos ni prueba de alojamiento, pero el ciudadano comunitario debe elaborar una carta simple donde exprese su deseo de que se expida un visado para su familiar porque viaja con él o para reunirse con él en Europa. Las tasas para este tipo de visa son gratuitas.
7. ¿Puede el familiar de un español optar por la nacionalidad?
Depende del vínculo familiar. En el caso de los cónyuges se acortan los plazos para optar a la nacionalidad por residencia, y después de solo un año de matrimonio y residencia en España se puede iniciar el trámite. Cuando se trata de ascendientes, no hay ningún privilegio especial para obtener la nacionalidad, la única opción es cumplir los requisitos y esperar los plazos establecidos de residencia.
Finalmente si hablamos de los descendientes de un español, la situación es distinta, ellos tienen el derecho a la nacionalidad siempre y cuando uno de sus padres sea de origen español. También hay otras opciones para los descendientes de extranjeros que carecen de nacionalidad o que han nacido en España.
8. ¿Cómo se realiza la reagrupación familiar en régimen comunitario en España?
Después de que el familiar a reagrupar ingrese a España con o sin visado de acuerdo a su nacionalidad, tiene un plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de entrada, para solicitar la tarjeta de residencia.
El trámite se adelanta en la oficina de extranjería o en la comisaría de policía del lugar donde se vaya a residir. Una vez se hace la solicitud y si todo está en orden, el familiar del comunitario recibe un resguardo que le permite acreditar su estancia legal en el país mientras obtiene la tarjeta. Generalmente la tarjeta se expide por 5 años, a excepción de que el periodo previsto de residencia en la Unión Europea por parte del ciudadano comunitario, sea de un plazo menor.
9. ¿Cuáles son los requisitos para la tarjeta de residencia de familiar de comunitario?
Para obtener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea, el interesado debe presentar la solicitud personalmente y cumplir los siguientes requisitos:
- Impreso de solicitud diligenciado (EX–19)
- Pasaporte vigente
- Documentos actualizados que demuestren el vínculo con el ciudadano comunitario
- Certificado de registro del ciudadano comunitario junto a su pasaporte o documento de identidad, o DNI si se trata de un español
- En caso de descendientes mayores de 21 años o ascendientes, documentación acreditativa de su dependencia económica total o principal, por parte del reagrupante.
- Tres fotografías a color, con fondo blanco.
- A excepción de que se tenga el número NIE asignado previamente a la solicitud de la tarjeta, debe presentarse el documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente (unos 10,20 euros)
- En caso de que el familiar comunitario trabaje por cuenta ajena, el contrato de trabajo y el alta en la seguridad Social.
- Si el familiar comunitario no tiene aún ninguna actividad laboral en España, tendrá que presentar la acreditación de los recursos económicos suficientes para solventar sus gastos y los de su familiar extracomunitario y un seguro de enfermedad público o privado que tenga cobertura en España equivalente al proporcionado por el Sistema nacional de Salud, por el periodo que prevean residir en el país. (cotizalo y compralo aquí con descuento de hasta el 50%)
10. ¿Qué derechos se tienen como familiar de ciudadano comunitario?
Los familiares de un ciudadano comunitario están cobijados prácticamente por los mismos derechos de este último, es decir pueden residir, trabajar, estudiar, en función al permiso obtenido por el ciudadano comunitario, en caso de que estén en otro país de la Unión Europea.
Derechos de residencia de familiar de comunitario
11. ¿Cuánto tiempo puede estar por fuera de España el familiar de un comunitario para no perder la residencia?
Cuando se trata de una residencia temporal de 5 años, se puede permanecer fuera de España por 6 meses en un periodo de un año. Y cuando se cuenta con una tarjeta permanente, se puede permanecer fuera del país hasta dos años.
12. ¿Cuándo se puede solicitar la residencia permanente en España como familiar de comunitario?
Como se mencionaba en un punto anterior, el familiar de comunitario tiene casi los mismos derechos que este último, entre ellos el de la residencia permanente, después de haber vivido legalmente en el país de acogida durante 5 años, incluso si no cuentan con un empleo. Eso si, teniendo en cuenta que no se haya roto el vínculo con el ciudadano por el que se obtuvo la autorización de residencia inicial.
Más información sobre la residencia permanente en España como familiar de comunitario
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Edith A.





Soy familiar de ciudadano comunitario vivo en España y deseo viajar a Italia unos días, mi pregunta es: puedo viajar acompañado de un amigo(a) ciudadano español,aunque no tenga ningún vínculo oficial con esa persona?
Hola, entre a españa hace 2 meses y acabo de solicitar la tarjeta de residente comunitario (mi esposa es española ya casi 3 años),nuestro matrimonio ya esta inscrito, ya nos empadronamos y pedimos la cita pero va a tardar 30 dias aprox en confirmar la cita, para ese momento es probable que se pasen los 90 dias desde que entre a españa, habria algun incoveniente si vencen los 90 dias en lo que espero por la cita?
Buenas noches por favor me podrían ayudar si yo me caso con una persona que ya tiene nacional española y me caso con el, podemos ir a España con mi hija que tiene 10 años, ella es solo hija mía. Si es así en que tiempo podemos ir las dos juntas
Buenas noche me llame Fernando estoy casado con una española registre el matrimonio, solicite el visado para familiar comunitario. En el formulario se me olvidó poner la fecha de la primera entrada habrá inconveniente ya el estados del visado está por, precesando ay mission
Hola soy cubana tengo 37 añosvy mi mamá es ciudadana española y vive en Cuba conmigo como podría viajar con ella a España con mi niña y mi esposo,gracias de antemano
No, no pasa nada.
Hola , gracias por todas las explicaciones .mí hijo ,ciudadano español, decidió establecerse en España, somos solo los 2 ,y quiere que viaje con el. Soy argentina y jubilada ,y compraríamos un departamento allí.
Si viajo con el necesito un visado ? O cuando llegó voy a extranjería a solicitar mí tarjeta de residencia ?
Puede ingresar un comunitario sin vacuna? Le exigen PCR?
Hola te quería preguntar si pudiste viajar a España que requisitos te pidieron
Hola buen dia soy colombiana vivo en colombia mi madre vive en españa y tiene nacionalidad española quiero viajar a pasar navidad con mis dos hijos menores de edad puedo viajar sin carta se invitacion mi esposo tambien va pero el si tiene carta espero respuesta muchas gracias
hola, mi esposa es ciudadana Italiana y no es residente (vivimos en argentina). Yo no tengo ciudadania de ningun pais de la UE, solo pasaporte Argentino.
Estamos casados y queremos ir a vivir a España. ¿Que requisitos se necesitan para entrar a España en Junio del 2021, tanto ella como yo? ¿Podemos ingresar ambos?
Gracias
Soy hija de españoles nacida en cuba con ciudadanía española,en estos momentos vivo en españa y quisiera traer a mi hijo mayor de edad con su esposa y al hijo de su esposa.
Con que visado pueden venir a españa en estos momento y que requisitos requiere
En espera de su atenta respuesta
Gracias
Hola yo soy primo de un ciudadano español puedo pedir la tarjeta comunitaria?
Hola.cobre la ayuda de emigrante retornado cuando estuve allá.. pero salí hace 12 años.puedo volver a pedirla ? De regresar a españa de nuevo?
Hola Camilo, primero el matrimonio entre ustedes tiene que estar inscripto en el AIRE de Italia ( registrado ahí a través del consulado italiano en Argentina). Si el matrimonio ya está inscripto en Italia, debes pedirles un acta de matrimonio plirulingüe que te servirá en España (te lo van a pedir, tanto para ingresar como conyuge de comunitario como para proseguir con los trámites de residencia). Ella, una vez en España, si no lo tiene aun, debe tramitar su NIE (su numero de identificacion de extranjero) y, una vez que lo tenga, recién entonces vos podés comenzar tu trámite de residencia legal como familiar de comunitario (con ello tienes los mismos derechos para residir, trabajar que ella).
Hola, mi nombre es Neyina y soy Cubana, tengo una duda sobre mi situación legal. Yo llevo 7 años en España y me había casado con un ciudadano Español, del cual me divorcié a los 2 años, durante el matrimonio me traje a mi hija menor y ambas obtuvimos la tarjeta comunitaria por este matrimonio. Hace 2 años el padre de mi hija vino a españa con su ciudadanía española y vive con nosotras desde que llegó, nosotros nos hemos hecho pareja estable que inscribimos por notario. Mi duda es la siguiente:
En Julio se nos vence la tarjeta comunitaria a mi hija y a mí, yo no comuniqué el divorcio en extranjería porque no sabía que debía hacerlo y para cuando me enteré ya había pasado el plazo que daban, por lo que quiero saber ahora que soy pareja de hecho de su padre español, como debo renovar nuestra tarjetas comunitarias.
Saludos
Hola yo tengo la nacionalidad española, y quiero traerme a mi marido que esta en Marruecos, estamos casados ahí en Marruecos. por favor me gustaría que me ayudarais a saber que requisitos o que necesito hacer para traerlo aquí haciendo la comunitaria.
espero vuestra respuesta . gracias.
Mi padre es ciudadano español pero tiene 89 años yo soy cubana. Quisiera saber si puedo Compañarlo en su viaje a España por primera vez. Gracias
Buenas noches
Tengo una pregunta soy ciudadana comunitaria y estoy tramitando la reagrupacion a mi esposo esta en Ecuador
Yo trabajo interna
Por lo tanto no tengo piso … puedo traerlo si cogo solo una habitacion en piso compartido?
Por favor ayudeme con esta duda
Y estoy empadronada en mi trabajo
Gracias un saludo
Buenas tardes mi hijo es peruano pera ya tiene la nacionalidad española el vive en Barcelona hace 11 años puede llevar asu madre y hermanos de 17 ,14 años
Ya tengo nacionalidad española. Puedo reagrupar a mi hija de 34 con sus tres hijos. Ella es chilena
ya tengo la Nacionalidad Española, quiero traer de Colombia a mi hijo de 17 años, a vivir conmigo, pero me ha sido imposible, ya que Avianca le exigió un voucher de hotel o una carta de invitación y el tikette de regreso, y por supuesto el no contaba con e so, el llevaba el Certificado de Empadronamiento mio, y los demas documentos que me sugirió el consulado español , y aun asi perdio el vuelo y el dinero, necesito saber, él como menor y hijo de ciudadana comunitaria, ¿ Que requisitos debe cumplir para que lo dejen abordar el avión en Colombia?aún no puedo creer, que Avianca tenga la razon. Solo confiaré en ustedes. Les agradezco.
Hola Iso,
Como hijo de español y por ley con un documento donde se demuestre el parentesco contigo, registro de nacimiento más DNI, más un documento notariado donde conste que iba a reunirse contigo, tendría que haber sido suficiente. Desafortunadamente este no es un caso aislado, a veces las aerolíneas no tienen en cuenta estas excepciones y solicitan los mismos requisitos que a un turista. Te recomiendo que revises bien con los funcionarios de la aerolínea con la que vaya a volar tu hijo y en caso tal, tendrías que enviarle la carta de invitación. Este problema por comentarios de otros lectores del blog, generalmente se presenta con Avianca en Colombia.
Saludos
Hola sabes si Air Europa pone ésa condición? Viajo con hija española y saque solo ida.
Hola, mi nombre es Javier !
Me he casado en Argentina en el mes de Abril con una ciudadana española. La primera vez fuí con una carta de invitación y viajamos junto a mi hijo. Tengo los billetes para viajar nuevamente con mi hijo para hacer el papeleo de residencia en España, ( llevo libreta de matrimonio y partida de nacimiento legalizada y apostillada por La Haya, y una certificación notarial de reagrupación familiar donde consta que llevamos más de tres años de relación legalizada por La Haya en ambos países ) .Mi pregunta es la siguiente…¿Es necesario una nueva carta de invitación? ya que está venció en Octubre del corriente año, ya que voy a reunirme con mi esposa para iniciar los papeles de empadronamiento. Espero su respuesta. Desde ya muchas gracias por su atención y amabilidad.
Saludos cordiales.