EUROPA | TRÁMITES

Viajar a Europa sin visa: Preguntas frecuentes

requisitos viajar a Europa sin visa

Viajar a Europa sin visa es un privilegio con el que cuentan los nacionales de varios países que han logrado acuerdos con la Unión Europea, esto no significa que dicho beneficio garantice automáticamente la entrada a este territorio, para ello hace falta cumplir con otros requisitos.

El 2 de diciembre de 2015 se firmó, en Bruselas, la exención del visado Schengen para que los colombianos pudieran realizar viajes de corta duración a varios países de Europa, beneficio con el que los peruanos también cuentan desde el 15 de marzo de 2016.

Viéndose así eliminado este molesto trámite que desde 2001 se había instituido en un intento por controlar la inmigración ilegal y otras situaciones problemáticas que se generan con ella.

viajar a europa sin visa

Pese a todo el ruido que ha hecho la noticia siguen existiendo muchos vacíos en torno al tema. Antes de responder a los interrogantes más frecuentes que surgen alrededor de los requisitos o lo que implica viajar a Europa sin visa, vale la pena aclarar que estas exigencias no son exclusivas para los colombianos o los peruanos, ciudadanos de otras nacionalidades como Argentina, Chile, Brasil, por citar solo algunos ejemplos de países cercanos, y en general nacionales de otros países extracomunitarios también deben estar en la capacidad de demostrar ciertos justificativos para realizar su ingreso al territorio Schengen, incluso si no necesitan un visado.

Ver 20 Cosas que deberías saber antes de viajar a Europa

1. ¿A qué países de Europa puedo viajar sin visado Schengen?

Por el momento a los 30 países que hacen parte del tratado Schengen, estos son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, Dinamarca (Sin Groelandia ni las Islas Feroe), Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Suecia, República Checa, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Grecia, Rumania, Suiza, Liechtenstein, Islandia y Noruega.

2. ¿Eso significa que necesitaría visa para entrar a Inglaterra o Irlanda?

El Reino Unido e Irlanda a pesar de pertenecer a la Unión Europea, no hacen parte del espacio Schengen. Por tanto, el hecho de estar exento de tramitar el visado Schengen no significa que no se necesite un visado para ingresar a estos países. Desde noviembre de 2022 ni los colombianos ni los peruanos necesitan tramitar un visado, si viajan a alguno de los países del Reino Unido por un período de hasta 180 días, recordemos que solo Irlanda del Norte hace parte de ese territorio.

3. ¿Cuáles son los requisitos que me pueden solicitar para viajar a Europa sin visa este 2026?

Si no necesitas visado para viajar al espacio Schengen, estos son los documentos que debes preparar:

  • Pasaporte biométrico o mecánico con una validez mínima de 3 meses después de la fecha prevista para salir del espacio Schengen.
  • Prueba de alojamiento por la totalidad de la estancia: reserva hotelera, carta de invitación, reserva de Airbnb, contrato de alquiler, etc.
  • Billete aéreo de salida del espacio Schengen en el plazo autorizado. A través de este comparador de vuelos puedes hacer tus reservas por un mejor precio.
  • Acreditación de recursos económicos propios para solventar los gastos del viaje. El monto mínimo solicitado puede variar de acuerdo al país que se visite y al hecho de contar con una carta de invitación, en España el monto a justificar durante el 2026 es de 122 euros por día y persona o 1098 euros si la duración del viaje es menor a 9 días.

Ver ¿Cuánto dinero se debe justificar de acuerdo al país de Europa al que se viaje?

  • Los justificativos del motivo o motivos del viaje: matrícula para un curso, invitación a seminario, certificación de participación en evento, entradas a museos… en este punto, si se viaja por turismo y sin pasar por una agencia, no está de más hacer algunas reservas de visitas guiadas, así habrán soportes. En esta página se pueden realizar algunas reservas de tours gratuitos.
  • Seguro médico internacional válido para los estados Schengen con cobertura mínima de 30 mil euros. Actualmente y siguiendo el enlace anterior, se puede adquirir uno con hasta el 50% de descuento, por unos 60 euros al mes o menos si se adquiere por más tiempo.
  • No estar reportado en el sistema de alertas de inadmisión emitidas por el Sistema de Información Schengen.
  • No representar una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública o las relaciones internacionales de cualquiera de los estados miembros.
  • De acuerdo al país de procedencia y al que se viaje, pueden exigir unos requisitos sanitarios, como un formulario de salud, certificado de vacunación o prueba Covid o de recuperación. Aunque cada vez hay menos exigencias.

4. ¿Debo enseñar la carta de invitación y los demás requisitos automáticamente llegando a los controles migratorios, al viajar a Europa sin visa?

No. Hasta el momento, en la mayoría de casos no se hace la solicitud de todos estos requisitos, es aleatorio. Y aunque se debe viajar preparado para cumplir con cada uno de estos requisitos, solo debe enseñarse la documentación que nos sea solicitada al momento de ingresar al espacio Schengen.

Ver Ser Inadmitido en Europa y cómo evitarlo

5. ¿La carta de invitación me exime de presentar otros requisitos?

La carta de invitación o prueba de alojamiento es solo uno de los requisitos de entrada al territorio Schengen, no contar con los demás documentos puede ser motivo para que se deniegue el ingreso al mismo.

6. ¿Contar con una carta de invitación reduce el monto que se debe demostrar al ingresar a España?

En España la carta de invitación solo acredita la disposición de un alojamiento durante la estancia en el país. Se cuente con ella o con otra prueba de alojamiento, se debe estar en la capacidad de demostrar una cantidad de 122 euros por día de estancia, o de 1098 euros si la duración del viaje es inferior a 9 días, este 2026.

Por el contrario en otros países de Europa, contar con una carta de invitación puede disminuir la cifra de dinero de la que se debe disponer al realizar el ingreso al territorio Schengen, por ejemplo en Francia con este documento el monto se reduce a la mitad.

7. ¿Cuántos días me puedo quedar cuando quiera viajar a Europa sin visa?

El tiempo autorizado para permanecer en el espacio Schengen al ingresar sin visado es de 90 días en un período de 180 días. Lo que quiere decir que una vez transcurrido ese tiempo se debe abandonar el territorio y solo se puede volver a ingresar 90 días después.

Para tener una idea más precisa del tiempo que es posible quedarse o cuando se está autorizado a regresar nuevamente, se puede usar esta calculadora de días de viaje restantes en el territorio Schengen.

8. ¿Antes de que se completen los 90 días puedo salir del espacio Schengen y volver a entrar en poco tiempo para que me autoricen un nuevo período de 90 días?

No. Anteriormente los ciudadanos de otros países que no necesitaban visado recurrían a este truco para ampliar el periodo de permanencia. Las leyes se han reforzado y ahora no es posible.

9. ¿Cada vez que viaje de un país a otro del espacio Schengen, podrán solicitarme estos requisitos?

Entre los países que pertenecen al territorio Schengen existe un tratado de libre circulación, así que una vez pasado el control migratorio y de haber ingresado a Europa, lo más normal es que no se vuelvan a solicitar estos requisitos, igual si se viaja de un país a otro.

10. ¿Mi esposo/a es comunitario/a y viaja conmigo, debo presentar los mismos requisitos de un turista para ingresar a España?

No. Los cónyuges extracomunitarios de un ciudadano comunitario no ingresan bajo las mismas condiciones que un turista, solamente deben comprobar su vínculo a través del libro de familia y de un certificado de matrimonio expedido por el registro civil español en los 3 meses previos al viaje.

En caso de que el cónyuge extracomunitario viaje solo, pero vaya a reunirse con su cónyuge comunitario residente en el territorio Schengen, podrá ingresar llevando consigo documentos actualizados que demuestren el vínculo y los documentos que demuestren que va a reunirse con su pareja.

Ver Obtener la residencia española por matrimonio con ciudadano de la UE

11. ¿Si viajo por más de 90 días debo tramitar un visado Schengen?

Los ciudadanos de los países que no requieren un visado para su ingreso al territorio Schengen, están autorizados para permanecer por un periodo de hasta 90 días.

En caso de que se pretenda permanecer por más tiempo y de acuerdo a las circunstancias que motiven ese viaje, se debe solicitar un visado de larga duración ante el consulado de España del lugar de residencia.

12. ¿Después de ingresar a Europa sin visa, puedo prolongar mi estancia por más de 90 días?

Bajo circunstancias excepcionales que obliguen al viajero a permanecer más tiempo, se puede solicitar una prolongación de estancia.

Tal solicitud debe realizarse antes de que caduque el plazo de los 90 días autorizados al ingresar a Europa, en la oficina de extranjería local o en la comisaría de policía correspondiente. Cuando se habla de circunstancias excepcionales se hace referencia a circunstancias de carácter humanitario, familiar, de atención sanitaria, etc.  Para mayor información consultar la sede electrónica de la policía nacional.

13. ¿Siempre se solicitan los requisitos de entrada mencionados anteriormente?

No. Como se explica en la pregunta 4, es aleatorio y solo se solicitan estos requisitos en algunos casos.

14. ¿Si voy en tránsito o tengo previsto viajar a varios países del territorio Schengen, en qué lugar podrían realizar el control migratorio y solicitarme los requisitos de entrada?

En el  aeropuerto o control fronterizo del país por el cuál se haga el ingreso al territorio Schengen.

15. Una vez reunidos todos los requisitos para ingresar al territorio Schengen, ¿debo llevarlos a la respectiva misión consular para que los aprueben o les pongan algún sello?

La carta de invitación y demás documentos solo se llevan al consulado correspondiente cuando se va a tramitar un visado. De lo contrario, no. Estos documentos se suelen tramitar de manera preventiva, en caso de que al salir del país o ingresar al territorio Schengen sean solicitados. Por tanto, deben tenerse a la mano el día del viaje.

16. ¿Si tengo otras dudas referentes a mi ingreso al territorio Schengen sin visa, donde puedo aclararlas?

Si piensas viajar a Europa sin visa y tienes otras dudas, puedes ponerte en contacto con el consulado de España en tu país de residencia o directamente con los funcionarios del aeropuerto por el que se hará el ingreso al espacio Schengen.

Viajar a Europa sin visa: Consejos

  • Lo primero que hay que tener en cuenta es que el no cumplimiento de los requisitos de entrada cuando pretendamos viajar a Europa sin visa, puede obstaculizar nuestro ingreso al viejo continente. Por tanto, es importante informarse y no confiarse en que en un viaje anterior no nos solicitaron esos documentos o en que un familiar o amigo viajo y tampoco se los solicitaron. El que no nos haya sucedido anteriormente, no significa que no pueda pasar, es mejor ir prevenidos en la medida de lo posible.
  • Generalmente surgen muchas dudas en relación a estos temas y la información que se encuentra en Internet es un poco ambigua, por tanto es importante ante cualquier duda ponerse en contacto directamente con la respectiva misión consular del país al que vayamos a viajar.
  • Hay documentos que aunque «sencillos» de conseguir requieren de un proceso, así que lo mejor es realizar cada trámite a tiempo.
  • Muchas veces sucede que cuando nos envían algún documento desde Europa como la carta de invitación, se puede perder en el camino o no llegar a tiempo, así que es aconsejable que la persona que nos la envía lo haga a través de un servicio postal confiable, así cueste un poco más y que guarde una copia de la misma.
  • Es importante mantener la calma y no mostrarse nervioso a la hora de pasar los controles fronterizos, ya que ese tipo de actitudes son las que despiertan las sospechas de los funcionarios en los aeropuertos y los obligan a realizar un control migratorio más exhaustivo.
  • Por último es muy recomendable llevar con nosotros y a la mano los datos de la persona que nos acoge.

Siguiendo cada uno de estos consejos y prestando atención a cada una de las preguntas y respuestas de este artículo seguro que podrás viajar a Europa sin visa y sin contratiempos.

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Si acabas de viajar a Europa sin visa, no te vayas sin compartirnos tu experiencia y comentarnos los requisitos que te exigieron.

Edith blog de viajes colombiaEdith A.

Apasionada por descubrir nuevas culturas y por todo lo que implica llegar a otro lugar. Te comparto mis experiencias sobre los países en los que he vivido y sobre otros, que he visitado… para que sepas lo que debes tener en cuenta a la hora de emprender tu propia aventura.

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985 Comentarios

  1. Valentina

    Hola! Quiero viajar a Paris a visitar un amigo y quiero saber si el me envía el certificado de alojamiento, debo presentar el dinero exacto que exigen por día o puede variar?

    • Mi Viajar

      Hola Valentina,
      Cuando se viaja a Francia con carta de invitación (attestation d’accueil), el monto a justificar se reduce a la mitad, es decir a unos 35 euros por día de estancia.
      Saludos

  2. Maria

    Hola Edith,
    Voy a viajar a Viena Austria con escala en Madrid y la carta de invitacion desde Austria no alcanza a llegar, es posible presentar la reserva corfirmada por todos los días que estaré allá el problema es que tendría que cancelarla antes de llegar para que no la cobren, no se que hacer en ese caso.
    Gracias…

    • Mi Viajar

      Hola María,
      Yo no recomiendo cancelar reservas antes de ingresar al espacio Schengen, el requisito es que deben estar confirmadas, no es muy frecuente pero se han visto casos en que los funcionarios llaman al alojamiento para verificar. Es preferible perder el dinero de una noche por no hacer la cancelación a tiempo que exponerse a una denegación de ingreso.
      Saludos

  3. Wilmar Macias

    Excelente Blog.
    Quisiéra saber si tengo que entrar y salir de la comunidad Schengen por el mismo país, o puedo entrar por ej. Por Madrid y Salir por Francia?

    • Mi Viajar

      Hola Wilmar,
      Gracias. Ningún problema con eso, lo importante es que respetes el plazo autorizado y que si te lo preguntan al ingresar, tengas el billete de salida para demostrar que así será.
      Saludos

  4. Lizeth

    Hola, quisiera salir de algunas dudas,soy colombiana al igual que mi esposo, mi esposo viajo la semana pasada a Palermo, Italia a realizar una estancia de investigación, su proceso migratorio fue muy fácil y corto, yo he decidido viajar está semana y en la residencia donde el se encuentra le dijeron que no había problema si yo me quedaba con el, podría presentar la carta de hospedaje que a él le dieron junto con nuestra acta de matrimonio o es necesario que yo tenga la carta de hospedaje con mi nombre. Además de decir que viajo a acompañar a mi esposo durante su estancia. Muchas gracias.

    • Mi Viajar

      Hola Lizeth,
      Si puedes tener el documento a tu nombre sería mejor.
      Saludos y buen viaje!

  5. Fernando

    Hola soy Colombiano y me dieron un Visado de 180 dias para estudiar de intercambio, pero dice valido para España, ingrese a España el 26 de Enero y tengo programado un viaje a varios paises del espacio schengen, y me dijeron que despues de que ingresara a España solo tenia 90 dias para poder viajar por el espacio Schengen contando desde el 26 de Enero que llegue, por lo cual no podria realizar el viaje que tengo programado.
    Fui a solicitar la tarjeta de estudiante y tampoco me la dieron por que el visado debe ser por mas de 180 dias. La pregunta es puedo o no viajar por el espacio schengen despues de superar los 90 dias aca en España, teniendo en cuenta que mi visado es por 180 dias?
    Gracias por su respuesta.

    • Mi Viajar

      Hola Fernando,
      Por lo que sé, tienes derecho a viajar por los otros países del espacio Schengen por 90 días en un período de 6 meses, pero no es obligatorio que sea a partir de la fecha de tu llegada. Te copio este párrafo tomado del consulado de España en Brasil, donde se comenta al respecto, la norma es la misma para ciudadanos de otros países que cuenten con ese tipo de visado:
      «Los extranjeros titulares de un visado nacional válido y en vigor expedido por España podrán circular durante tres meses como máximo, en cualquier período de seis meses, por el territorio de los demás Estados Schengen, siempre que estén en posesión de un documento de viaje válido y de los documentos que justifiquen el objeto y las condiciones de la estancia prevista; siempre que dispongan de medios de subsistencia suficientes».
      Si quieres verificalo en el punto 8 de este enlace https://goo.gl/BQZffZ
      Saludos

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