Los familiares de comunitario tienen ciertos derechos en España y otros países de Europa, tanto para ingresar al espacio, residir o incluso trabajar. Pero no basta con ser familiar de un ciudadano español o de otro país comunitario, se deben cumplir algunos requisitos, además no todos los familiares de comunitario tienen estos beneficios, solamente los más cercanos de acuerdo a su grado de consanguinidad o afinidad.
Son varias las dudas que surgen alrededor del tema, de las que me hacen participe varios de ustedes cuando me escriben, así que intentaré resolver a continuación las más frecuentes:
1. ¿Qué es un ciudadano comunitario en España?
Para empezar, hay que esclarecer determinados términos que por simples que parezcan se prestan para confusiones. Cuando se habla de ciudadano comunitario se hace referencia a los ciudadanos que tienen la nacionalidad de uno de los países mencionados en el siguiente punto.
2. ¿A qué hace referencia el Régimen comunitario?
Cuando se habla de régimen comunitario se hace referencia al conjunto de derechos que tienen los nacionales y algunos de sus familiares para ingresar y permanecer en los países que son parte de la Unión Europea, tales como: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal, Reino Unido y Suecia), de nacionales de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) y de los nacionales de la Confederación Suiza.
3. ¿A quienes se les considera familiares de comunitario?
Algunos de los familiares de los nacionales de los países citados en el punto 2, son considerados como familiares de comunitario, éstos son:
- Cónyuge o pareja de hecho debidamente registrada.
- Hijos menores de 21 años o mayores a cargo, o de su cónyuge.
- Ascendientes a cargo del ciudadano de la Unión Europea, o de su cónyuge.
4. ¿Qué requisitos debe cumplir un familiar de comunitario para ingresar al espacio Schengen?
Los familiares de comunitario citados en el punto anterior, dependiendo de su nacionalidad deben estar en la posesión o no de un visado. En el caso de nacionales de países a cuyos ciudadanos no se les exige visado para ingresar al espacio Schengen, pueden ingresar al territorio como familiares de comunitario, siempre y cuando viajen acompañados por éste o viajen para reunirse con él, llevando consigo los documentos que demuestran el vínculo, como libro de familia, certificado de nacimiento o de matrimonio, y un documento que acredite que viajan para reunirse con su familiar comunitario, este puede ser un certificado de empadronamiento o un acta de manifestaciones en notaria donde el comunitario lo deje claro.
5. ¿Pueden trabajar los familiares de comunitario en España?
La tarjeta de residencia como familiar de comunitario otorga algunos derechos, entre ellos el de trabajar legalmente en España o en el país del espacio Schengen donde se haya autorizado dicha residencia.
6. ¿Qué tipo de visado debe tramitar el familiar de un comunitario para viajar a España?
Dependiendo del país de origen, puede hacerse necesaria la tramitación de un visado, como en el caso de nacionales de Ecuador, Bolivia, República Dominicana, Marruecos, etc. Para los familiares de comunitario que viajen juntos o para reunirse con él, existe un tipo de visado especial y los requisitos suelen ser más asequibles que los de un visado convencional. Por ejemplo, no hay que presentar ni justificativos económicos ni prueba de alojamiento, pero el ciudadano comunitario debe elaborar una carta simple donde exprese su deseo de que se expida un visado para su familiar porque viaja con él o para reunirse con él en Europa. Las tasas para este tipo de visa son gratuitas.
7. ¿Puede el familiar de un español optar por la nacionalidad?
Depende del vínculo familiar. En el caso de los cónyuges se acortan los plazos para optar a la nacionalidad por residencia, y después de solo un año de matrimonio y residencia en España se puede iniciar el trámite. Cuando se trata de ascendientes, no hay ningún privilegio especial para obtener la nacionalidad, la única opción es cumplir los requisitos y esperar los plazos establecidos de residencia.
Finalmente si hablamos de los descendientes de un español, la situación es distinta, ellos tienen el derecho a la nacionalidad siempre y cuando uno de sus padres sea de origen español. También hay otras opciones para los descendientes de extranjeros que carecen de nacionalidad o que han nacido en España.
8. ¿Cómo se realiza la reagrupación familiar en régimen comunitario en España?
Después de que el familiar a reagrupar ingrese a España con o sin visado de acuerdo a su nacionalidad, tiene un plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de entrada, para solicitar la tarjeta de residencia.
El trámite se adelanta en la oficina de extranjería o en la comisaría de policía del lugar donde se vaya a residir. Una vez se hace la solicitud y si todo está en orden, el familiar del comunitario recibe un resguardo que le permite acreditar su estancia legal en el país mientras obtiene la tarjeta. Generalmente la tarjeta se expide por 5 años, a excepción de que el periodo previsto de residencia en la Unión Europea por parte del ciudadano comunitario, sea de un plazo menor.
9. ¿Cuáles son los requisitos para la tarjeta de residencia de familiar de comunitario?
Para obtener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea, el interesado debe presentar la solicitud personalmente y cumplir los siguientes requisitos:
- Impreso de solicitud diligenciado (EX–19)
- Pasaporte vigente
- Documentos actualizados que demuestren el vínculo con el ciudadano comunitario
- Certificado de registro del ciudadano comunitario junto a su pasaporte o documento de identidad, o DNI si se trata de un español
- En caso de descendientes mayores de 21 años o ascendientes, documentación acreditativa de su dependencia económica total o principal, por parte del reagrupante.
- Tres fotografías a color, con fondo blanco.
- A excepción de que se tenga el número NIE asignado previamente a la solicitud de la tarjeta, debe presentarse el documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente (unos 10,20 euros)
- En caso de que el familiar comunitario trabaje por cuenta ajena, el contrato de trabajo y el alta en la seguridad Social.
- Si el familiar comunitario no tiene aún ninguna actividad laboral en España, tendrá que presentar la acreditación de los recursos económicos suficientes para solventar sus gastos y los de su familiar extracomunitario y un seguro de enfermedad público o privado que tenga cobertura en España equivalente al proporcionado por el Sistema nacional de Salud, por el periodo que prevean residir en el país. (cotizalo y compralo aquí con descuento de hasta el 50%)
10. ¿Qué derechos se tienen como familiar de ciudadano comunitario?
Los familiares de un ciudadano comunitario están cobijados prácticamente por los mismos derechos de este último, es decir pueden residir, trabajar, estudiar, en función al permiso obtenido por el ciudadano comunitario, en caso de que estén en otro país de la Unión Europea.
Derechos de residencia de familiar de comunitario
11. ¿Cuánto tiempo puede estar por fuera de España el familiar de un comunitario para no perder la residencia?
Cuando se trata de una residencia temporal de 5 años, se puede permanecer fuera de España por 6 meses en un periodo de un año. Y cuando se cuenta con una tarjeta permanente, se puede permanecer fuera del país hasta dos años.
12. ¿Cuándo se puede solicitar la residencia permanente en España como familiar de comunitario?
Como se mencionaba en un punto anterior, el familiar de comunitario tiene casi los mismos derechos que este último, entre ellos el de la residencia permanente, después de haber vivido legalmente en el país de acogida durante 5 años, incluso si no cuentan con un empleo. Eso si, teniendo en cuenta que no se haya roto el vínculo con el ciudadano por el que se obtuvo la autorización de residencia inicial.
Más información sobre la residencia permanente en España como familiar de comunitario
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Edith A.





Hola buenas tardes, tengo una inquietud a tu post, soy colombiano soy casado y tengo 20 años vivo en españa desde hace un año, tengo contrato fijo. traje a mi pareja por medio de carta de invitación y tenemos un hijo de 2 años. Quisiera saber como puedo tramitar la residencia de mi pareja en estos 3 meses apenas lleva 9 días aquí. AYUDAAAA
Buenas tardes Camilo,
Primero debe existir un vínculo más formal entre ustedes, ya sea como pareja de hecho o cónyuges. Si fuese el caso, antes del viaje tendrías que haber tramitado para ella la “CONCESION DE AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL INICIAL POR REAGRUPACION FAMILIAR”, en la Delegación o Subdelegación del
Gobierno en la provincia española correspondiente, debidamente registrado y con el Número de Enlace de Visado (NEV) incorporado. Con ese documento tu pareja tendría que haber solicitado en el consulado de España en Colombia un visado de reagrupación familiar en régimen general. Ya estando en España, no sé si exista alguna otra solución. Revisa la página 3 del enlace https://goo.gl/UvxTN1
Saludos
Que debo decir al entrar como familiar de comunitario en barajas? No temgo visado y exigen ser reagrupa do como demuestro esa reagrupacion di no temgo visado fui rechazada hace seis meses en frontera cuanto debo esperar ojo rechazada como turista,,, gracias
Hola Sandra,
No me queda muy clara tu pregunta, de qué nacionalidad eres?, si eres de un país a cuyos ciudadanos se les exige visado, sin éste será complicado ingresar. Si eres familiar directa de un comunitario, deberías solicitar el visado correspondiente.
Saludos
Hola! Gracias por toda la información que tienes en tu blog! Muy clara y muy útil. Tengo una duda.
Mi esposo es ciudadano alemán residente en Ecuador. Yo soy ecuatoriana. Nuestro matrimonio está registrado en Alemania y tenemos el certificado de matrimonio (la versión de Unión Europea que esta en varios idiomas).
Mi esposo quiere ir a hacer una maestría en España.
De lo que entiendo, yo tengo que entrar en España (con visa de turista?) y una vez ahí tramitar mi permiso de residencia como cónyuge de ciudadano comunitario.
Mis dudas son:
1. Podemos solicitar el trámite de residencia a la vez mi esposo y yo, o le tendría que tramitar su residencia primero y yo después?
2. Yo tengo una visa de turismo expedida por la embajada alemana que caduca en el 2018. Puedo entrar con esa visa y tramitar mi residencia? O tendría que solicitar algún tipo de visa especial en la embajada de España para poder solicitar la residencia allá?
Gracias!
Hola..estoy tramitando mi residencia en España y necesito orientacion sobre el empadronamiento..gracias
Hola Elis,
A veces pueden haber variaciones en función al lugar donde hagas la solicitud. Te copio el de Murcia para que te hagas una idea https://goo.gl/ZGxsYk
Saludos
Hola..yo estuve en tu misma situacion mi esposo es suizo y siempre entraba como turista a Europa…optamos por venir a vivir a España y lo que hicimos fue viajar juntos a Suiza yo mequede por dos semanas y el viajo a España e inicio su tramite de residencia para ellos es mas facil por que son ciudadanos Europeos, ahora nosotras estamos aqui tramitando la nuestra…al momento de ingresar no tuvimos percances por que el vuelo venia de un pais europeo e ingrese al igual que en Suiza como turista…lo que debes averiguar es si a los Ecuatorianos no los cobija el visado shenger!!!
Hola, soy brasileña yo fue deportada de suecia en 2015 con una ordem de expulsion por 2 años, solo que no vuelvi a Brasil, vienido con mi novio español para o reino unido y aqui nos casamos, ya tengo el libro de familia y el certificado de matrimonio, con eso ya puedo regresar a España o tengo que esperar caducar los 2 años de la expulsion.
Hola Jaqueline,
No tengo mayor información al respecto, te recomiendo que lo consultes con la embajada de España en el país donde estés.
Saludos
hola buenas noches tengo una duda me gustaria que me sacara de ella, en dos meses voy a españa desde Vzla mi pareja esta alla viajo con mi hija de dos años, con carta de invitacion ya que no estamos casados y solo tengo 500 $ yo viaje en noviembre del 2015 90 dias con esa misma cantidad de $ me hicieron preguntas y llamaron por tlf a mi pareja los de emigracion para confirmar si lo q yo decia era cierto de q no iba a quedarme.. pero como dicen que los controles estan mas fuertes habria manera de que mi pareja haga un documento donde el certifique que se hara cargo economicamente de nosotras durante el tiempo que estaremos alla.. le agradeceria su respuesta muchas gracias
Buenos días Viviana,
En algunos casos el anfitrión realiza un acta de manifestaciones ante notario y le anexa algunos justificativos de sus ingresos. Podrían intentarlo de esa manera, pero no estoy segura que sea suficiente para los funcionarios.
Saludos
Buenos días!! Yo vivo en España y tengo documento Español, mi marido tiene nie como comunitario español. Quería saber si mi suegra que vive en Argentina y solo tiene pasaporte Argentino, puede venir ahora en febrero a visitarnos por un mes. Tendría que enviarle una copia de mi dni para q ella muestre en el aeropuerto que nosotros vivimos aquí o que tramite hay que hacer para que ella venga sin problemas?
Gracias!!
Buenos días Tatiana,
Es decir que es la madre de un comunitario?. Si, sería conveniente que le envíen el documento de identidad de ambos, y que además ella viaje con un certificado de nacimiento de tu esposo para demostrar el parentesco y copia del libro de familia. También si es posible una carta notariada donde dejen constancia del parentesco, fechas de estancia en España y que estará hospedándose con uds. Ahh también sería importante lo del seguro de viaje, en estos tiempos pueden ser más estrictos con ese tema.
Saludos
Hola,tengo muchísimas dudas y no sé si alguien me podría ayudar. Pues soy brasileña pero tengo nie en Espanha, mi novio vive en Brasil y quería entrar en España pero.. con el motivo del covid y las restricciones no estamos siendo capaz de obtener una solución. Ahora mismo estoy embarazada de unas semanas. La idea que tenía él era que yo le hiciera una procuración donde pudiéramos comprometernos en matrimonio en Brasil. Y así venirse para aquí. Pero no sé si con eso llegaría dado que los vuelos de brasil a España están restringidos. Y España solo permite ciudadanos con residencia y nacionales. Ayuda 🙏. Gracias !!