Los familiares de comunitario tienen ciertos derechos en España y otros países de Europa, tanto para ingresar al espacio, residir o incluso trabajar. Pero no basta con ser familiar de un ciudadano español o de otro país comunitario, se deben cumplir algunos requisitos, además no todos los familiares de comunitario tienen estos beneficios, solamente los más cercanos de acuerdo a su grado de consanguinidad o afinidad.
Son varias las dudas que surgen alrededor del tema, de las que me hacen participe varios de ustedes cuando me escriben, así que intentaré resolver a continuación las más frecuentes:
1. ¿Qué es un ciudadano comunitario en España?
Para empezar, hay que esclarecer determinados términos que por simples que parezcan se prestan para confusiones. Cuando se habla de ciudadano comunitario se hace referencia a los ciudadanos que tienen la nacionalidad de uno de los países mencionados en el siguiente punto.
2. ¿A qué hace referencia el Régimen comunitario?
Cuando se habla de régimen comunitario se hace referencia al conjunto de derechos que tienen los nacionales y algunos de sus familiares para ingresar y permanecer en los países que son parte de la Unión Europea, tales como: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal, Reino Unido y Suecia), de nacionales de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) y de los nacionales de la Confederación Suiza.
3. ¿A quienes se les considera familiares de comunitario?
Algunos de los familiares de los nacionales de los países citados en el punto 2, son considerados como familiares de comunitario, éstos son:
- Cónyuge o pareja de hecho debidamente registrada.
- Hijos menores de 21 años o mayores a cargo, o de su cónyuge.
- Ascendientes a cargo del ciudadano de la Unión Europea, o de su cónyuge.
4. ¿Qué requisitos debe cumplir un familiar de comunitario para ingresar al espacio Schengen?
Los familiares de comunitario citados en el punto anterior, dependiendo de su nacionalidad deben estar en la posesión o no de un visado. En el caso de nacionales de países a cuyos ciudadanos no se les exige visado para ingresar al espacio Schengen, pueden ingresar al territorio como familiares de comunitario, siempre y cuando viajen acompañados por éste o viajen para reunirse con él, llevando consigo los documentos que demuestran el vínculo, como libro de familia, certificado de nacimiento o de matrimonio, y un documento que acredite que viajan para reunirse con su familiar comunitario, este puede ser un certificado de empadronamiento o un acta de manifestaciones en notaria donde el comunitario lo deje claro.
5. ¿Pueden trabajar los familiares de comunitario en España?
La tarjeta de residencia como familiar de comunitario otorga algunos derechos, entre ellos el de trabajar legalmente en España o en el país del espacio Schengen donde se haya autorizado dicha residencia.
6. ¿Qué tipo de visado debe tramitar el familiar de un comunitario para viajar a España?
Dependiendo del país de origen, puede hacerse necesaria la tramitación de un visado, como en el caso de nacionales de Ecuador, Bolivia, República Dominicana, Marruecos, etc. Para los familiares de comunitario que viajen juntos o para reunirse con él, existe un tipo de visado especial y los requisitos suelen ser más asequibles que los de un visado convencional. Por ejemplo, no hay que presentar ni justificativos económicos ni prueba de alojamiento, pero el ciudadano comunitario debe elaborar una carta simple donde exprese su deseo de que se expida un visado para su familiar porque viaja con él o para reunirse con él en Europa. Las tasas para este tipo de visa son gratuitas.
7. ¿Puede el familiar de un español optar por la nacionalidad?
Depende del vínculo familiar. En el caso de los cónyuges se acortan los plazos para optar a la nacionalidad por residencia, y después de solo un año de matrimonio y residencia en España se puede iniciar el trámite. Cuando se trata de ascendientes, no hay ningún privilegio especial para obtener la nacionalidad, la única opción es cumplir los requisitos y esperar los plazos establecidos de residencia.
Finalmente si hablamos de los descendientes de un español, la situación es distinta, ellos tienen el derecho a la nacionalidad siempre y cuando uno de sus padres sea de origen español. También hay otras opciones para los descendientes de extranjeros que carecen de nacionalidad o que han nacido en España.
8. ¿Cómo se realiza la reagrupación familiar en régimen comunitario en España?
Después de que el familiar a reagrupar ingrese a España con o sin visado de acuerdo a su nacionalidad, tiene un plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de entrada, para solicitar la tarjeta de residencia.
El trámite se adelanta en la oficina de extranjería o en la comisaría de policía del lugar donde se vaya a residir. Una vez se hace la solicitud y si todo está en orden, el familiar del comunitario recibe un resguardo que le permite acreditar su estancia legal en el país mientras obtiene la tarjeta. Generalmente la tarjeta se expide por 5 años, a excepción de que el periodo previsto de residencia en la Unión Europea por parte del ciudadano comunitario, sea de un plazo menor.
9. ¿Cuáles son los requisitos para la tarjeta de residencia de familiar de comunitario?
Para obtener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea, el interesado debe presentar la solicitud personalmente y cumplir los siguientes requisitos:
- Impreso de solicitud diligenciado (EX–19)
- Pasaporte vigente
- Documentos actualizados que demuestren el vínculo con el ciudadano comunitario
- Certificado de registro del ciudadano comunitario junto a su pasaporte o documento de identidad, o DNI si se trata de un español
- En caso de descendientes mayores de 21 años o ascendientes, documentación acreditativa de su dependencia económica total o principal, por parte del reagrupante.
- Tres fotografías a color, con fondo blanco.
- A excepción de que se tenga el número NIE asignado previamente a la solicitud de la tarjeta, debe presentarse el documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente (unos 10,20 euros)
- En caso de que el familiar comunitario trabaje por cuenta ajena, el contrato de trabajo y el alta en la seguridad Social.
- Si el familiar comunitario no tiene aún ninguna actividad laboral en España, tendrá que presentar la acreditación de los recursos económicos suficientes para solventar sus gastos y los de su familiar extracomunitario y un seguro de enfermedad público o privado que tenga cobertura en España equivalente al proporcionado por el Sistema nacional de Salud, por el periodo que prevean residir en el país. (cotizalo y compralo aquí con descuento de hasta el 50%)
10. ¿Qué derechos se tienen como familiar de ciudadano comunitario?
Los familiares de un ciudadano comunitario están cobijados prácticamente por los mismos derechos de este último, es decir pueden residir, trabajar, estudiar, en función al permiso obtenido por el ciudadano comunitario, en caso de que estén en otro país de la Unión Europea.
Derechos de residencia de familiar de comunitario
11. ¿Cuánto tiempo puede estar por fuera de España el familiar de un comunitario para no perder la residencia?
Cuando se trata de una residencia temporal de 5 años, se puede permanecer fuera de España por 6 meses en un periodo de un año. Y cuando se cuenta con una tarjeta permanente, se puede permanecer fuera del país hasta dos años.
12. ¿Cuándo se puede solicitar la residencia permanente en España como familiar de comunitario?
Como se mencionaba en un punto anterior, el familiar de comunitario tiene casi los mismos derechos que este último, entre ellos el de la residencia permanente, después de haber vivido legalmente en el país de acogida durante 5 años, incluso si no cuentan con un empleo. Eso si, teniendo en cuenta que no se haya roto el vínculo con el ciudadano por el que se obtuvo la autorización de residencia inicial.
Más información sobre la residencia permanente en España como familiar de comunitario
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Edith A.





Hola buenos dias tengo una duda, mi novia y yo vamos a casarnos, ella es brasileña y yo español queremos vivir en españa, actualmente cada uno reside en su pais natal. Vamos a casarnos en brasil. Mi duda es, despues de la ceremonia queremos venir juntos a españa y registrar el matrimonio en el registro civil de mi localidad, ella puede acompañarme? Tambien tiene una hija menor que tambien convivirá con nosotros, ella tambien puede acompañarme?
Buenos días Jacinto,
Por lo que me han comentado otros lectores que han pasado por esto, el proceso es más rápido haciendo la inscripción del matrimonio a través del consulado, para que lo tengas en cuenta. Referente a tu pregunta, la respuesta es sí, ellas como familiares de comunitario y viajando contigo pueden ingresar al espacio Schengen, tu esposa como cónyuge y su hija como descendiente, igual si no es hija tuya. Te dejo un artículo que puede serte útil https://miviajar.com/obtener-residencia-espanola-por-matrimonio/
Saludos
Buenas,
Soy Ciudadano Argentino y mi esposa es Ciudadana Italiana, hace 2 meses que vive en España y quiere reagruparme (se encuentra empadronada y posee NIE). Quisiera saber que documentos necesito presentar/tener para poder viajar a España.
Muchas gracias,
Martín
Buenas tardes Martin,
Para ingresar a España vas a necesitar un certificado de matrimonio actualizado y expedido por la autoridad italiana u otro documento que demuestre el parentesco y un acta de manifestaciones por parte de tu esposa donde deje constancia que viajas para reunirte con ella, también una copia de su NIE. Una vez en España, puedes continuar con los trámites para obtener la residencia como cónyuge de comunitario, para lo cuál necesitarán justificativos económicos y tener cobertura sanitaria.
Saludos
Hola, tengo los papeles español y estoy casada con un Español los dos vivimos en Suiza me quiero traer a mi hermana de la REp.Dom con dos menores de vacaciones se puede hacer el transmite desde suiza para que ellas puedan ir a España y a suiza?
Hola, aunque tenga papeles españoles y esté casada con un español, los trámites para hacer la invitación, debe hacerlos desde el país donde tiene su residencia.
Hola 👋 soy Domenica hace 15 días me case con mi esposo el vive Italia yo en ecuador kiero saber cuándo me podría ya reunir con el ya k keremos estar juntos somos esposos actualmente por el trabajo el solo llego ah casarse conmigo el vive en Italia ahora yo estoy en ecuador como podemos hacer para irme junto Ami esposo
Hola, soy Uruguaya casada con un ciudadano Portuges y me voy a reunir con el en madrid para irnos a UK donde él esta viviendo, tenemos registrado el matrimonio en portugal, mi pregunta es, puedo ir con pasaje de ida a españa y un pasaje de españa a uk para un par de horas despues, o necesito el ida y vuelta? estare en españa un par de horas, solo espero a mi esposo que viene a buscarme. gracias
Buen dia, mi esposa y yo somos casados en catalunya desde el año 2014, ella al igual que mis dos 2 hijos nacidos en catalunya de 8 y 4 años respectivamente tienen nacionalidad Española, yo tenia tarjeta permanente la cual caduco en el año 2016 estando radicando en Peru. Ahora queremos regresar a España, entiendo que con ellos no habria ningun tipo de problema para su ingreso a territorio Español, pero en mi caso, cual seria la mejor opcion para yo poder viajar???
Buenos días Marlon,
Tu esposa tiene la nacionalidad española? Tienen libro de familia?
Hola !!! Nose cómo solicitarles información para postear una duda , disculpe que lo haga de esta forma , soy Dominicana mi esposo es español sucede que ya inscribimos nuestro matrimonio el día 26 de marzo de este año en curso aún no le han comunicado para su cita a mi me realizaron la mía , puedo solicitar una visa para mi y para mi hijo ir a verlo , hace un tiempo tampoco estoy laborando pero tenemos los recursos económicos suficientes para realizar la solicitud en caso de ser posible , agradezco de antemano su colaboración