Los familiares de comunitario tienen ciertos derechos en España y otros países de Europa, tanto para ingresar al espacio, residir o incluso trabajar. Pero no basta con ser familiar de un ciudadano español o de otro país comunitario, se deben cumplir algunos requisitos, además no todos los familiares de comunitario tienen estos beneficios, solamente los más cercanos de acuerdo a su grado de consanguinidad o afinidad.
Son varias las dudas que surgen alrededor del tema, de las que me hacen participe varios de ustedes cuando me escriben, así que intentaré resolver a continuación las más frecuentes:
1. ¿Qué es un ciudadano comunitario en España?
Para empezar, hay que esclarecer determinados términos que por simples que parezcan se prestan para confusiones. Cuando se habla de ciudadano comunitario se hace referencia a los ciudadanos que tienen la nacionalidad de uno de los países mencionados en el siguiente punto.
2. ¿A qué hace referencia el Régimen comunitario?
Cuando se habla de régimen comunitario se hace referencia al conjunto de derechos que tienen los nacionales y algunos de sus familiares para ingresar y permanecer en los países que son parte de la Unión Europea, tales como: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal, Reino Unido y Suecia), de nacionales de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) y de los nacionales de la Confederación Suiza.
3. ¿A quienes se les considera familiares de comunitario?
Algunos de los familiares de los nacionales de los países citados en el punto 2, son considerados como familiares de comunitario, éstos son:
- Cónyuge o pareja de hecho debidamente registrada.
- Hijos menores de 21 años o mayores a cargo, o de su cónyuge.
- Ascendientes a cargo del ciudadano de la Unión Europea, o de su cónyuge.
4. ¿Qué requisitos debe cumplir un familiar de comunitario para ingresar al espacio Schengen?
Los familiares de comunitario citados en el punto anterior, dependiendo de su nacionalidad deben estar en la posesión o no de un visado. En el caso de nacionales de países a cuyos ciudadanos no se les exige visado para ingresar al espacio Schengen, pueden ingresar al territorio como familiares de comunitario, siempre y cuando viajen acompañados por éste o viajen para reunirse con él, llevando consigo los documentos que demuestran el vínculo, como libro de familia, certificado de nacimiento o de matrimonio, y un documento que acredite que viajan para reunirse con su familiar comunitario, este puede ser un certificado de empadronamiento o un acta de manifestaciones en notaria donde el comunitario lo deje claro.
5. ¿Pueden trabajar los familiares de comunitario en España?
La tarjeta de residencia como familiar de comunitario otorga algunos derechos, entre ellos el de trabajar legalmente en España o en el país del espacio Schengen donde se haya autorizado dicha residencia.
6. ¿Qué tipo de visado debe tramitar el familiar de un comunitario para viajar a España?
Dependiendo del país de origen, puede hacerse necesaria la tramitación de un visado, como en el caso de nacionales de Ecuador, Bolivia, República Dominicana, Marruecos, etc. Para los familiares de comunitario que viajen juntos o para reunirse con él, existe un tipo de visado especial y los requisitos suelen ser más asequibles que los de un visado convencional. Por ejemplo, no hay que presentar ni justificativos económicos ni prueba de alojamiento, pero el ciudadano comunitario debe elaborar una carta simple donde exprese su deseo de que se expida un visado para su familiar porque viaja con él o para reunirse con él en Europa. Las tasas para este tipo de visa son gratuitas.
7. ¿Puede el familiar de un español optar por la nacionalidad?
Depende del vínculo familiar. En el caso de los cónyuges se acortan los plazos para optar a la nacionalidad por residencia, y después de solo un año de matrimonio y residencia en España se puede iniciar el trámite. Cuando se trata de ascendientes, no hay ningún privilegio especial para obtener la nacionalidad, la única opción es cumplir los requisitos y esperar los plazos establecidos de residencia.
Finalmente si hablamos de los descendientes de un español, la situación es distinta, ellos tienen el derecho a la nacionalidad siempre y cuando uno de sus padres sea de origen español. También hay otras opciones para los descendientes de extranjeros que carecen de nacionalidad o que han nacido en España.
8. ¿Cómo se realiza la reagrupación familiar en régimen comunitario en España?
Después de que el familiar a reagrupar ingrese a España con o sin visado de acuerdo a su nacionalidad, tiene un plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de entrada, para solicitar la tarjeta de residencia.
El trámite se adelanta en la oficina de extranjería o en la comisaría de policía del lugar donde se vaya a residir. Una vez se hace la solicitud y si todo está en orden, el familiar del comunitario recibe un resguardo que le permite acreditar su estancia legal en el país mientras obtiene la tarjeta. Generalmente la tarjeta se expide por 5 años, a excepción de que el periodo previsto de residencia en la Unión Europea por parte del ciudadano comunitario, sea de un plazo menor.
9. ¿Cuáles son los requisitos para la tarjeta de residencia de familiar de comunitario?
Para obtener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea, el interesado debe presentar la solicitud personalmente y cumplir los siguientes requisitos:
- Impreso de solicitud diligenciado (EX–19)
- Pasaporte vigente
- Documentos actualizados que demuestren el vínculo con el ciudadano comunitario
- Certificado de registro del ciudadano comunitario junto a su pasaporte o documento de identidad, o DNI si se trata de un español
- En caso de descendientes mayores de 21 años o ascendientes, documentación acreditativa de su dependencia económica total o principal, por parte del reagrupante.
- Tres fotografías a color, con fondo blanco.
- A excepción de que se tenga el número NIE asignado previamente a la solicitud de la tarjeta, debe presentarse el documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente (unos 10,20 euros)
- En caso de que el familiar comunitario trabaje por cuenta ajena, el contrato de trabajo y el alta en la seguridad Social.
- Si el familiar comunitario no tiene aún ninguna actividad laboral en España, tendrá que presentar la acreditación de los recursos económicos suficientes para solventar sus gastos y los de su familiar extracomunitario y un seguro de enfermedad público o privado que tenga cobertura en España equivalente al proporcionado por el Sistema nacional de Salud, por el periodo que prevean residir en el país. (cotizalo y compralo aquí con descuento de hasta el 50%)
10. ¿Qué derechos se tienen como familiar de ciudadano comunitario?
Los familiares de un ciudadano comunitario están cobijados prácticamente por los mismos derechos de este último, es decir pueden residir, trabajar, estudiar, en función al permiso obtenido por el ciudadano comunitario, en caso de que estén en otro país de la Unión Europea.
Derechos de residencia de familiar de comunitario
11. ¿Cuánto tiempo puede estar por fuera de España el familiar de un comunitario para no perder la residencia?
Cuando se trata de una residencia temporal de 5 años, se puede permanecer fuera de España por 6 meses en un periodo de un año. Y cuando se cuenta con una tarjeta permanente, se puede permanecer fuera del país hasta dos años.
12. ¿Cuándo se puede solicitar la residencia permanente en España como familiar de comunitario?
Como se mencionaba en un punto anterior, el familiar de comunitario tiene casi los mismos derechos que este último, entre ellos el de la residencia permanente, después de haber vivido legalmente en el país de acogida durante 5 años, incluso si no cuentan con un empleo. Eso si, teniendo en cuenta que no se haya roto el vínculo con el ciudadano por el que se obtuvo la autorización de residencia inicial.
Más información sobre la residencia permanente en España como familiar de comunitario
También te puede interesar:
Carta de invitación para viajar a Europa
Viajar a Europa sin visa: Preguntas frecuentes


Edith A.





hola! espero te encuentres muy bien un saludo desde las islas canarias.
te ecuento lo que me pasa: mi madre vendra a españa a traerme mi hija, pero estoy muy confundida con respecto a los requsitos que mi madre e hija necesitan.
yo soy casada con español y tengo NIE, me gustaria saber si con una carta de invitacion seria para las dos o solo para mi madre? y como hago para justificar los recursos economicos? por que yo me hare cargo de sus gastos.
Hola mi viajar! He visto que no me contestas la consulta que te hecho.
Hola Margarita,
Tu madre e hija pueden intentar viajar como familiares de comunitario, demostrando el vínculo que tienen con tu esposo y qué viajan para reunirse con él. Lo más posible es que con esto logren ingresar sin problema, aunque en el caso de ascendientes de comunitario es necesario que se demuestre dependencia económica, pero generalmente este justificativo no lo exigen para ingresar a España. Igual si prefieres no exponerte, puedes enviarle la carta de invitación a tu madre, en ella si quieres también puedes incluir a tu hija, solo hay que pagar unos 7 euros más, en cuanto a los recursos económicos puedes elaborar un acta de manifestaciones ante notario donde se comprometan a asumir los gastos del viaje.
Buen viaje a tu madre e hija, si puedes cuéntame que tal les va.
Hola Mi viajar ! Te cuento que ya estan casi a venir, pero he hecho lo siguiente : a mi madre le envie carta de invitacion,acta de manifestaciones , pasajes ida y regreso en un tiempo estipulado 2 meses y mi hija he optado por reagrupación familiar (permiso por parte mía, tiquetes ida y regreso, permiso del padre)rogando que todo me salga bien y te contaré como nos fue! Espero me respondas a ver si se me escapa algo. Gracias
Hola Margarita,
Intenta enviarles también los documentos donde se vea reflejada la relación que tienen con tu esposo. Como ascendiente y descendiente de de comunitario pueden facilitarle las cosas. No olvides el seguro de viaje.
Quedo atenta a que me comentes como les va.
Buena tarde, de antemano les doy las gracias por tan excelentes recomendaciones y pagina.
quisiera hacer una pregunta respecto a que una menor de edad pueda viajar.
es de un abuelo que desea llevar a su nieta menor de edad de vacaciones ya que esta no tiene madre pues fallecio hace unos meses.
quisiera saber que debe de hacer y que requisitos o papeles debe de presentar para poder llevarla.
el abuelo ya tiene residencia española.
gracias nuevamente por el espacio. feliz dîa.
Hola tengo la siguiente consulta, tengo nacionalidad Italiana, me voy a vivir España, pero mi novio es Venezolano, que trámites y requisitos deberá realizar él para estar legal y poder trabajar allá? Gracias y saludos.
Hola Teresa,
Para que él pueda obtener su residencia por estar contigo, deberían formalizar la relación. Te invito a revisar este enlace https://goo.gl/WIfjK7
Saludos
Hola tengo bastantes dudas soy española y vivo en estados unidos con mi pareja y mi hija queremos irnos a vivir a España. No se que papeles tengo que arreglar para poder ir y que mi pareja que es salvadoreño pueda recibir la residencia española.
Hola Pilar,
Tu esposo puede solicitar la residencia una vez en España como cónyuge de comunitario. En este enlace tienes más información https://goo.gl/JYZ7OV
Saludos
Hola buenos días
Son ciudadanos española originaria de Ecuador, me vine a casar a Ecuador con un chico ecuatoriano ya hemos pasado todo el proceso de inscripción de matrimonio y nos lo aprobaron luego pasamos por el proceso de la visa y justamente ayer nos aprobaron la visa para viajar juntos este 24 de noviembre le dieron visa de 90 días (3meses) como ya llevo viviendo casi 3 años aquí (15 de noviembre se cumplen) me gustaría que me ayudarán asesorando de que ahora que vamos a España que tramites tenemos que empezar, porque aquí en el consulado de Ecuador nos dijeron que a penas lleguemos le haga los papeles a mi esposo y la verdad yo estoy un poco pérdida en el tema. Por favor necesito su ayuda de asesoramiento para poder realizar el trámite bien. De antemano les agradezco muchísimo este portal es lo máximo sirve de mucha ayuda. GRACIAS!!! ?
Buenos días Maria Fernanda,
Una vez en España tu esposo debe tramitar la tarjeta de residencia como cónyuge de comunitario, generalmente esto se realiza en la oficina de extranjería, en este enlace encuentras más información https://goo.gl/JYZ7OV
Saludos