ESPAÑA | TRÁMITES

Pasos para obtener la residencia española por matrimonio

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Obtener la residencia española por matrimonio, al casarse en el país o en el extranjero, aunque toma su tiempo, es la solución para que varias parejas puedan hacer una vida en común en España, cuando uno de los dos no es comunitario.

El dilema siempre radica, en si es mejor casarse en España o en el país de origen de nuestro futuro cónyuge. No existe una respuesta exacta, cada cuál habla desde su propia experiencia y las opiniones difieren.

En lo que si coinciden varios de nuestros lectores es en que si el matrimonio se realiza en el extranjero es mejor inscribirlo en el consulado del país donde se efectuó, el tiempo del trámite es menor que si se lleva el expediente directamente a España.


♦ ÍNDICE DE CONTENIDO ♦

⇒ Casándose en el extranjero y obteniendo la residencia española. Caso real
⇒ Inscribir el matrimonio en el consulado
⇒ Ingresar a España con el libro de familia
⇒ Tramitar la residencia en España por matrimonio
⇒ Síntesis: Cómo obtener la residencia en España casándose en el extranjero
⇒ Qué derechos me otorga la tarjeta de residencia en España
⇒ Consejos por parte de uno de nuestros lectores sobre la cita de solicitud, el empadronamiento y otros


Casándose en el extranjero y obteniendo la residencia en España. La experiencia de Ana:

Tiempo atrás, Ana, una lectora del blog me escribió contándome sobre el proceso que había adelantado para que su esposo colombiano pudiera viajar a España y obtener la residencia en ese país.

El matrimonio se llevó a cabo en el mes de diciembre en Colombia y tres meses después, en marzo del siguiente año, el cónyuge extracomunitario ingresó a España con la documentación que lo acreditaba como pareja de comunitario.

Los pasos que tuvieron que seguir y los requisitos que cumplieron, se detallan a continuación:

Ver Viajar a España como turista: Mitos y verdades

Requisitos para la inscripción del matrimonio en el consulado español

Una de las primeras cosas que hay que hacer durante el proceso de inscripción del matrimonio es reservar una cita para trámites consulares.

Después de reunidos los documentos y llegado el día de la cita se debe aportar la siguiente documentación:

  • Registro civil de matrimonio
  • Fotocopia del pasaporte de ambos cónyuges
  • Fe de vida y estado del cónyuge español
  • A excepción de que el ciudadano español se encuentre inscrito en el registro civil del consulado del país, debe aportar el original del literal de nacimiento
  • En caso de que el cónyuge español sea divorciado, debe anexar el documento que así lo certifique, como la sentencia de divorcio o el registro civil del primer matrimonio con el marginal de divorcio
  • Si es viudo, el certificado de matrimonio y de defunción correspondiente
  • Cuando existan capitulaciones matrimoniales, se hará necesario entregar una copia apostillada
  • Hoja declaratoria de datos diligenciada
  • Registro civil de nacimiento del cónyuge colombiano
  • Certificados de Migración, con el movimiento migratorio de ambos cónyuges

Los documentos deben haber sido expedidos en los últimos 6 meses, y debe contarse con los originales y las respectivas copias.

Estos requisitos son los exigidos por el consulado de España en Colombia, pero pueden servir como referencia para los demás países, ya que suelen ser los mismos.

Requisitos inscripcion matrimonio espanol

inscribir matrimonio consulado para residencia en España

Realizada la entrega de toda la documentación se procede a la entrevista. En el caso de Ana, fue realizada por escrito en la sala de espera del consulado. De acuerdo a la información que le brindaron a ella, si el cónsul al leer las respuestas despeja sus dudas, no necesita realizar la entrevista oral por separado.

Al momento de acabar la entrevista escrita, advirtieron a Ana que en un plazo de 2 a 3 meses se comunicarían con ellos para notificarles si el matrimonio estaba aceptado. Pero el plazo fue mucho menor, al cabo de 12 días los llamaron para que fueran a recoger el libro de familia y para mayor suerte, podrían buscarlo en el consulado de la ciudad donde se encontraban, Medellín, no necesitaban desplazarse nuevamente hasta Bogotá, donde se habían realizado hasta el momento todos los trámites. Para pasar a recoger el libro de familia, fue necesario solicitar una cita.

Ver Tener una pareja de otro país, los pros y los contras

Viajar a España con el libro de familia

Una vez se oficializa el matrimonio ante el registro civil español y con el libro de familia en mano, se puede ingresar a España como cónyuge de comunitario, para ello es necesario contar con los siguientes documentos:

  • Documento que demuestre el vínculo con el ciudadano comunitario: Libro de familia y/o certificado de matrimonio emitido por el registro civil español.
  • Certificado de empadronamiento para demostrar que se viaja para reunirse con el cónyuge comunitario y copia de su DNI, a excepción de que viajen juntos.
  • Además de eso, debe contarse con el pasaporte biométrico o de lectura mecánica.

Al ingresar como cónyuge de comunitario que viaja acompañado por el mismo o para reunirse con él, los requisitos son más flexibles y no es necesario presentar ni prueba de alojamiento, ni justificativos económicos.

Inicialmente los organismos oficiales informaban que no se necesitaba tiquete de regreso, pero varias aerolíneas lo exigían para salir del país, aunque en España como tal no lo requerían, así que ahora ese tema está un poco en entredicho, para evitar problemas es mejor adquirirlo, el costo del billete de ida y vuelta suele ser más o menos el mismo que el que se paga por un solo trayecto.

Ver Cómo encontrar vuelos más baratos en Internet

Hasta aquí se detalla el procedimiento que deben seguir los ciudadanos de países que no necesitan visa para ingresar a Europa.

Los ciudadanos de otros países a quienes si se les exige visado, deben tramitar uno de larga duración por reagrupación familiar en régimen comunitario. Tal es el caso de ciudadanos de República Dominicana, Ecuador o Bolivia, entre otros.

Tramitar la residencia en España por matrimonio

Obtener la residencia

Después de ingresar a España, se puede permanecer por 90 días en un espacio de 180 días de manera regular. En este plazo se deben realizar los trámites pertinentes para lograr obtener la residencia por reagrupación familiar.

Uno de los primeros pasos al llegar a España consiste en empadronar al cónyuge extranjero, éste será uno de los requisitos para solicitar la residencia. En cuanto se tenga el certificado y los demás documentos, se continua el trámite en la oficina de extranjería del lugar de residencia. Los documentos que se deben aportar para solicitar la residencia son:

  • Solicitud de residencia de familiar de ciudadano de la UE firmado por él. Modelo EX-19
  • 3 fotos a color tamaño documento en fondo blanco
  • Certificado de empadronamiento de los dos cónyuges
  • Libro de familia
  • Pasaporte
  • Acta de registro del matrimonio
  • DNI del cónyuge español
  • Tarjeta de seguridad social del cónyuge español o seguro médico privado (cotiza y compra aquí por un mejor precio)
  • Copia del contrato de trabajo del cónyuge español, en caso de no tener empleo acreditación de recursos económicos
  • Justificación del abono de la tasa

Teniendo estos documentos en orden y al ser entregados en la oficina de extranjeros, otorgan el número NIE, unos días más tarde envían una notificación donde se informa si la residencia ha sido aceptada o no.

En algunas provincias pueden pasar dos meses o más, antes de recibir una respuesta, pero en muchos casos, la espera se reduce a unos cuantos días, como en el caso de Ana. Ten en cuenta que si el visado o el tiempo autorizado para permanecer en España se agota mientras esperas una respuesta, no te pueden expulsar del país.

Con ese documento donde se reconoce el derecho a la residencia por se familiar de comunitario, se debe ir a la comisaría de policía para solicitar la tarjeta de residencia, la solicitud debe realizarse en el plazo máximo de un mes y debe pedirse cita previa.

  • Estos procesos pueden tomar su tiempo o pueden surgir complicaciones, así que es recomendable comenzar los trámites para adquirir la residencia española por matrimonio, casi que de manera inmediata, cuando se llega al país.

Solicitar la tarjeta de residencia de cónyuge de comunitario

Para solicitar la tarjeta de residencia de cónyuge de comunitario deben completarse los siguientes documentos:

  • Formulario diligenciado
  • Fotos
  • Pasaporte
  • Notificación donde se reconoce el derecho a obtener la tarjeta como familiar de comunitario
  • Justificativo del pago correspondiente a las tasas

Luego de entregar estos documentos y pasado un tiempo se puede ir a recoger la tarjeta de residencia.

Desde 2012, debido a la crisis económica los requisitos se han endurecido, actualmente y como hemos visto, hace falta demostrar que se dispone de los medios financieros para afrontar los gastos del cónyuge extranjero y también que se cuenta con cobertura sanitaria.

  • Nota: Los requisitos y plazos pueden tener leves variaciones de una provincia a otra, por tanto la información aquí citada debe ser tomada únicamente a modo indicativo, es importante confirmar cada dato en los organismos oficiales que correspondan.

Cómo obtener la residencia española por matrimonio casándose en el extranjero

Finalmente y resumiendo, estos son los pasos básicos que debe seguir un extranjero al contraer matrimonio en su país con un ciudadano comunitario, cuando quiera instalarse junto a su pareja en España:

  1. Inscribir el matrimonio en el consulado
  2. Viajar a España: con el libro de familia se puede ingresar como cónyuge de comunitario
  3. Empadronarse en el domicilio de su cónyuge español
  4. Pedir que se le autorice la residencia como familiar de ciudadano de la UE
  5. Solicitar la tarjeta de residencia como cónyuge de comunitario

La tarjeta de residencia de familiar de la Unión Europea tiene una validez de 5 años y le confiere al ciudadano varios derechos.

¿Qué derechos otorga la tarjeta de residencia como cónyuge de comunitario?

  • Cómo cualquier otro permiso de estancia legal en el país, la tarjeta de residencia te da derecho para moverte libremente por los demás países de la zona Schengen.
  • Una ventaja que te da la tarjeta, es el derecho a trabajar en España. Hay que aclarar que solo en este país, no en los demás del espacio Schengen ni de Europa.
  • Una vez cumplas un año de casado y de residir en España, de acuerdo a la normativa del país del que seas procedente podrás optar a la nacionalidad.

 Anexo:

Obtener la residencia en España por matrimonio. Consejos por parte de Ricardo, uno de nuestros lectores:

Después de varios meses de la publicación de este artículo, Ricardo, uno de nuestros lectores, quien siguió estos pasos para adelantar su proceso, quiso compartir parte de su experiencia, resaltando ciertos puntos que considera deben ser tenidos en cuenta, veamos:

  • Es mejor casarse en el país de origen para agilizar el proceso.

Si te vas a casar con un ciudadano de la comunidad europea, que en la mayoría de ocasiones será de origen español, mi consejo es que te cases en el país de origen del no comunitario. Yo mismo, realice mi matrimonio en Colombia.
¿Por qué les sugiero esto? por una sencilla razón: los tiempos son más rápidos en un consulado. En España hay tantos extranjeros, que los procesos se ralentizan debido a la cantidad de trámites que deben adelantar. Previamente en este artículo se detallan los pasos para registrar el matrimonio en la misión consular.
Cuando viajé, los funcionarios, tanto a la salida de Colombia como los de la entrada de España, solo me exigieron, el libro familia y todo fue sencillo, no me exigieron billete de regreso.

  • Solicitud de cita, empadronamiento y acta vigente:

En mi proceso cometí varios errores, en los que no quiero que caigas, por eso hago énfasis en lo siguiente:

1. Solicita la cita con anticipación, incluso antes de llegar a España:

Debes solicitar una cita previa para radicar los documentos en extranjería, administración, gob.es. En la sección trámites disponibles para la provincia seleccionada, pones familiares de residentes comunitarios (formulario ex19).
Obtener esta cita es lo más duro del proceso, por la cantidad de extranjeros interesados en el trámite. Ve pidiéndola desde tu país. Siempre y cuando tengas todos los documentos:
– padrón familiar
– DNI del español con la dirección donde están empadronados y fotocopia del DNI
– Pasaporte de la persona no comunitaria y copia
– Fotocopia de la entrada a España, la hoja donde aparece el sello
– Seguridad social y copia
– Soporte de ingresos: Contrato de trabajo del ciudadano comunitario con las tres últimas nóminas o demostrar dinero en cuenta bancaria, lo equivalente a un año para los dos.
– Acta de matrimonio no mayor a 6 meses.

2. Empadrónate en el mismo domicilio que tu pareja

Debes empadronarte en el mismo lugar donde está empadronada tu pareja española. Deben solicitar un certificado de empadronamiento familiar. Es una sola hoja donde aparecen ambos nombres. Para ello debes pedir una cita previa. Busca en Google cita previa en la provincia donde está empadronada tu pareja. Si no lo está, ese mismo día se empadronan los dos, como fue mi caso. Piden el padrón individual, una hoja para cada uno y el familiar.
Para empadronarse les pedirán contrato de alquiler donde aparezca el nombre del cónyuge comunitario o un recibo que esté domiciliado a su nombre.

3. Ten un acta de matrimonio vigente

Tendrás que presentar un acta de matrimonio expedida por la administración de un país comunitario, que no tenga más de 6 meses, en mi caso no lo sabía. Si ya tienes tu acta de matrimonio y superó el tiempo de vigencia o está por vencerse, ve nuevamente al consulado español y pide una nueva. Si está vencida y no lo lograste tramitarla en tu país, puedes solicitarla en Madrid con cita previa.

Consejos para el día de la cita:

Cuando llegues te pedirán las cosas en el siguiente orden y no es necesario ir con la persona de origen comunitario:

1. Pasaporte y DNI en mano con sus respectivas copias y copia del sello de entrada del no comunitario. Repito no es necesario que el español vaya, solo debe firmar el formulario EX19 y darte el DNI y el documento de la seguridad social, si trabaja.
2. Te pedirán el acta de matrimonio no superior a 6 meses.
3. Formulario EX 19. Son 3 hojas, hoy en día solo debes presentar las dos primeras.
4. Seguro Médico. Si el ciudadano español está trabajando solo debes presentar la tarjeta en mano y una copia. Si el español no está trabajando, debes sacar un seguro médico por 1 año.
5. Contrato de trabajo con 3 nóminas, preferiblemente un contrato a término indefinido. Si el español no tiene trabajo deben presentar recursos en la cuenta bancaria de él, para sostenerse por el primer año (yo diría más de 7500 para una pareja).

* Nota: Si no tienen todos los documentos el día de la cita, asistan sin embargo, este fue mi caso y me dieron 10 días para subsanar el certificado de matrimonio que tuviera menos de 6 meses.

En 3 meses te dan una resolución para que puedas sacar la cita para tomarte las huellas y luego debes tramitar otra cita para tramitar el NIE, costo 12 euros en 2023.


Si has obtenido la residencia en España después de casarte con un ciudadano comunitario, no dejes de compartir tu experiencia en los comentarios.

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Edith blog de viajes colombiaEdith A.

Apasionada por descubrir nuevas culturas y por todo lo que implica llegar a otro lugar. Te comparto mis experiencias sobre los países en los que he vivido y sobre otros, que he visitado… para que sepas lo que debes tener en cuenta a la hora de emprender tu propia aventura.

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1.095 Comentarios

  1. Ruth

    Hola, Buenas.
    Explico mi situación, Tengo residencia de España en canarias (NIE). Mi pareja es de Chile y queremos casarnos y vivir en España, ¿por tal caso el obtendría la residencia(NIE)?,
    Yo no tengo un contrato de trabajo, ¿se podría gestionar de todas formas?
    cuales serian los requisitos para poder obtenerla, había leído en otros foros que requería un contrato y haber trabajado un año con ese. se puede de todas formas demostrando que se tiene el dinero para vivir y sanidad?
    Muchas gracias de ante mano, espero su respuesta.

    • Mi Viajar

      Buenas tardes Ruth,
      La reagrupación familiar en régimen general es más compleja que en régimen comunitario, hasta donde sé en casos como el tuyo es necesario que haya transcurrido un año de tu residencia y que te la renueven por un año más para que tu futuro cónyuge pueda optar a la residencia, ignoro si existe otro mecanismo más sencillo.
      Saludos

  2. mayelin

    hola soy mayelin hace dos años que obtuve la ciudadania española por la ley de nieto, hace tres dias q llegue a españa y mi esposo tiene cita para para solicitar visa en diciembre. En Cuba un señor que trabaja vinculado con la embajada española en la Habana en una oficina en Santa Clara para atender algunos tramites de la region central del pais me dijo que como nuestro matrimonio es de mas de 20 años y tenemos hijos en comun no necesitamos libro de familia pero ahora cdo busco en todos los sitios dice que para el solicitar residencia hay q presentar el libro de familia por favor aclararme esta duda

    • Mi Viajar

      Hola Mayelin,
      En estos casos lo más común es registrar el matrimonio ante el consulado de España y con el libro de familia solicitar la residencia como cónyuge de comunitario, sin embargo existe otro estatus que permite al cónyuge cuando el matrimonio esté inscrito en un registro público cubano y hayan transcurrido como mínimo 12 meses desde su inscripción. Si se demuestra que los cónyuges tienen hijos en común este plazo se podrá acortar a 6 meses. Creo que a esto hacía referencia el señor que te dio la información. Sin embargo te recomiendo que lo consultes directamente en la oficina de extranjería de tu lugar de residencia, a veces hay variaciones, para que no te lleves sorpresas de último momento y puedas preparar mejor tu solicitud.
      Saludos

  3. Johan

    Hola Edith . Primero felicitarte por tu excelente página ya que es de mucha ayuda.

    Mi nombre es Johan soy colombiano y estoy casado en España con español . Ya tengo libro de familia . Certificado de matrimonio . Aasignación de Nie ante Extranjería ya que presente mi documentación para solicitar la tarjeta de familiar comunitario. Mi problema es el siguiente . Yo vivo ya en España con mi pareja pero mi madre enfermó aquí en Colombia y me ha tocado viajar de un día para otro. No tuve tiempo de nada por la situación que se me presento . Yo sólo pensé en la salud de mi madre antes que en otra cosa . Como te conté ya tengo el trámite en Extranjería. Tengo número de expediente y estoy a la espera de la resolución . Tendria algún problema para volver a ingresar en España en el momento que salga la resolución . O que puedo hacer ? . Si viajo de nuevo obvio yo me traje todos los documentos incluyendo el libro de familia.

    Agradezco su atención y pronta respuesta . Saludos

    • Mi Viajar

      Hola Johan,
      Es posible que puedas ingresar con el libro de familia y algún documento que demuestre que viajes a reunirte con tu esposo, así ingresarías como cónyuge de comunitario. No sé si con los documentos que tengas sea suficiente, ya que no es recomendable salir del país cuando se está siguiendo el proceso para obtener la residencia. Existe una autorización de regreso, te copio el enlace donde tienes mayor información https://goo.gl/7VJWXS en caso de que no te sea posible ingresar como cónyuge de comunitario, esta podría ser una opción. Te recomiendo que te comuniques con el consulado de España en Colombia, para que te confirmen si alguna de estas alternativas te sirve o que otra solución pueden aportarte.
      Saludos

  4. Edgar

    Hola!!
    Soy de nacionalidad ecuatoriana tengo una relación de 3 años con mi novia ella tiene doble nacionalidad y hemos decidido casarnos y formar una familia en España en cuanto tiempo puedo obtener la residencia y cuando la obtenga puedo optar a un Máster ya que soy arquitecto y me gustaría prepararme más, quisiera acotar una información más les he preguntado esto porque hace unos días me admitieron en máster en Valencia y el problema es que no alcanzo al inicio de clases por la cita de la embajada que tengo para el 31 de octubre para el visado de estudios me atraso mucho tiempo y nose si seguir con el proceso pero implicaría que perdiera esas matérias y eso me angustia mucho que me aconsejan. Saludos

    • Mi Viajar

      Hola Edgar,
      No podría asegurarte que si te casas tengas más rápidamente una autorización de residencia que si sigues con los trámites para el visado de estudios. Después del matrimonio en Ecuador, debes registrarlo ante el consulado, en algunos lugares también es posible realizar el matrimonio directamente en éste, no sé si sea posible en tu país. Luego de inscrito el matrimonio y de qué tengas el libro de familia debes solicitar un visado de cónyuge de comunitario, en el enlace tienes los requisitos https://goo.gl/sJ2bFc una vez lo obtengas puedes viajar a España y allí tramitar la residencia, y como comentas puedes continuar tus estudios si así lo deseas. Como ves es factible también proceder de este modo, pero el proceso puede tomar su tiempo, te recomiendo que te comuniques directamente con el consulado para que sepas qué tanto se demora la inscripción del matrimonio y los demás trámites, así puedes hacer tus cálculos y ver lo que te conviene más.
      Saludos

  5. Marion

    Hola gracias por la ayuda con toda la informacion. Mi caso es el siguiente, soy de sur america y solicité asilo en España (ya estoy en España a la espera de una respuesta que puede llevar un largo tiempo) pero en el intermedio quiero casarme ¿Aun bajo la solicitud de asilo puedo cambiar mi status por matrimonio? Además, leo en muchos blogs que ahora al ciudadano español (mi prometido) se le exige tener un minimo de euros en la cuenta bancaria (se habla hasta de 8000 euros) para demostrar que yo no seré una carga economica para el el pais mientras que me llegan los documentos que me acrediten trabajar; de igual forma con respecto al seguro medico ¿necesito un privado? o ¿con que mi prometido esté trabajando tiempo completo es suficiente?
    Mil gracias!

    • Mi Viajar

      Hola Marion,
      Referente al asilo en España y al cambio de estatus por matrimonio no tengo mayor información. Si te casas y solicitas la residencia como cónyuge de comunitario, como requisito tu futuro esposo debe tener la suficiente solvencia y contratar para ti un seguro privado para que no seas una carga para la administración española, esto en caso de que no esté trabajando, si él trabaja, puede apuntarte a tu seguridad social y con sus boletines de salario tendría que ser suficiente para suplir estos requerimientos.
      Saludos

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