ESPAÑA | TRÁMITES

Pasos para obtener la residencia española por matrimonio

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Obtener la residencia española por matrimonio, al casarse en el país o en el extranjero, aunque toma su tiempo, es la solución para que varias parejas puedan hacer una vida en común en España, cuando uno de los dos no es comunitario.

El dilema siempre radica, en si es mejor casarse en España o en el país de origen de nuestro futuro cónyuge. No existe una respuesta exacta, cada cuál habla desde su propia experiencia y las opiniones difieren.

En lo que si coinciden varios de nuestros lectores es en que si el matrimonio se realiza en el extranjero es mejor inscribirlo en el consulado del país donde se efectuó, el tiempo del trámite es menor que si se lleva el expediente directamente a España.


♦ ÍNDICE DE CONTENIDO ♦

⇒ Casándose en el extranjero y obteniendo la residencia española. Caso real
⇒ Inscribir el matrimonio en el consulado
⇒ Ingresar a España con el libro de familia
⇒ Tramitar la residencia en España por matrimonio
⇒ Síntesis: Cómo obtener la residencia en España casándose en el extranjero
⇒ Qué derechos me otorga la tarjeta de residencia en España
⇒ Consejos por parte de uno de nuestros lectores sobre la cita de solicitud, el empadronamiento y otros


Casándose en el extranjero y obteniendo la residencia en España. La experiencia de Ana:

Tiempo atrás, Ana, una lectora del blog me escribió contándome sobre el proceso que había adelantado para que su esposo colombiano pudiera viajar a España y obtener la residencia en ese país.

El matrimonio se llevó a cabo en el mes de diciembre en Colombia y tres meses después, en marzo del siguiente año, el cónyuge extracomunitario ingresó a España con la documentación que lo acreditaba como pareja de comunitario.

Los pasos que tuvieron que seguir y los requisitos que cumplieron, se detallan a continuación:

Ver Viajar a España como turista: Mitos y verdades

Requisitos para la inscripción del matrimonio en el consulado español

Una de las primeras cosas que hay que hacer durante el proceso de inscripción del matrimonio es reservar una cita para trámites consulares.

Después de reunidos los documentos y llegado el día de la cita se debe aportar la siguiente documentación:

  • Registro civil de matrimonio
  • Fotocopia del pasaporte de ambos cónyuges
  • Fe de vida y estado del cónyuge español
  • A excepción de que el ciudadano español se encuentre inscrito en el registro civil del consulado del país, debe aportar el original del literal de nacimiento
  • En caso de que el cónyuge español sea divorciado, debe anexar el documento que así lo certifique, como la sentencia de divorcio o el registro civil del primer matrimonio con el marginal de divorcio
  • Si es viudo, el certificado de matrimonio y de defunción correspondiente
  • Cuando existan capitulaciones matrimoniales, se hará necesario entregar una copia apostillada
  • Hoja declaratoria de datos diligenciada
  • Registro civil de nacimiento del cónyuge colombiano
  • Certificados de Migración, con el movimiento migratorio de ambos cónyuges

Los documentos deben haber sido expedidos en los últimos 6 meses, y debe contarse con los originales y las respectivas copias.

Estos requisitos son los exigidos por el consulado de España en Colombia, pero pueden servir como referencia para los demás países, ya que suelen ser los mismos.

Requisitos inscripcion matrimonio espanol

inscribir matrimonio consulado para residencia en España

Realizada la entrega de toda la documentación se procede a la entrevista. En el caso de Ana, fue realizada por escrito en la sala de espera del consulado. De acuerdo a la información que le brindaron a ella, si el cónsul al leer las respuestas despeja sus dudas, no necesita realizar la entrevista oral por separado.

Al momento de acabar la entrevista escrita, advirtieron a Ana que en un plazo de 2 a 3 meses se comunicarían con ellos para notificarles si el matrimonio estaba aceptado. Pero el plazo fue mucho menor, al cabo de 12 días los llamaron para que fueran a recoger el libro de familia y para mayor suerte, podrían buscarlo en el consulado de la ciudad donde se encontraban, Medellín, no necesitaban desplazarse nuevamente hasta Bogotá, donde se habían realizado hasta el momento todos los trámites. Para pasar a recoger el libro de familia, fue necesario solicitar una cita.

Ver Tener una pareja de otro país, los pros y los contras

Viajar a España con el libro de familia

Una vez se oficializa el matrimonio ante el registro civil español y con el libro de familia en mano, se puede ingresar a España como cónyuge de comunitario, para ello es necesario contar con los siguientes documentos:

  • Documento que demuestre el vínculo con el ciudadano comunitario: Libro de familia y/o certificado de matrimonio emitido por el registro civil español.
  • Certificado de empadronamiento para demostrar que se viaja para reunirse con el cónyuge comunitario y copia de su DNI, a excepción de que viajen juntos.
  • Además de eso, debe contarse con el pasaporte biométrico o de lectura mecánica.

Al ingresar como cónyuge de comunitario que viaja acompañado por el mismo o para reunirse con él, los requisitos son más flexibles y no es necesario presentar ni prueba de alojamiento, ni justificativos económicos.

Inicialmente los organismos oficiales informaban que no se necesitaba tiquete de regreso, pero varias aerolíneas lo exigían para salir del país, aunque en España como tal no lo requerían, así que ahora ese tema está un poco en entredicho, para evitar problemas es mejor adquirirlo, el costo del billete de ida y vuelta suele ser más o menos el mismo que el que se paga por un solo trayecto.

Ver Cómo encontrar vuelos más baratos en Internet

Hasta aquí se detalla el procedimiento que deben seguir los ciudadanos de países que no necesitan visa para ingresar a Europa.

Los ciudadanos de otros países a quienes si se les exige visado, deben tramitar uno de larga duración por reagrupación familiar en régimen comunitario. Tal es el caso de ciudadanos de República Dominicana, Ecuador o Bolivia, entre otros.

Tramitar la residencia en España por matrimonio

Obtener la residencia

Después de ingresar a España, se puede permanecer por 90 días en un espacio de 180 días de manera regular. En este plazo se deben realizar los trámites pertinentes para lograr obtener la residencia por reagrupación familiar.

Uno de los primeros pasos al llegar a España consiste en empadronar al cónyuge extranjero, éste será uno de los requisitos para solicitar la residencia. En cuanto se tenga el certificado y los demás documentos, se continua el trámite en la oficina de extranjería del lugar de residencia. Los documentos que se deben aportar para solicitar la residencia son:

  • Solicitud de residencia de familiar de ciudadano de la UE firmado por él. Modelo EX-19
  • 3 fotos a color tamaño documento en fondo blanco
  • Certificado de empadronamiento de los dos cónyuges
  • Libro de familia
  • Pasaporte
  • Acta de registro del matrimonio
  • DNI del cónyuge español
  • Tarjeta de seguridad social del cónyuge español o seguro médico privado (cotiza y compra aquí por un mejor precio)
  • Copia del contrato de trabajo del cónyuge español, en caso de no tener empleo acreditación de recursos económicos
  • Justificación del abono de la tasa

Teniendo estos documentos en orden y al ser entregados en la oficina de extranjeros, otorgan el número NIE, unos días más tarde envían una notificación donde se informa si la residencia ha sido aceptada o no.

En algunas provincias pueden pasar dos meses o más, antes de recibir una respuesta, pero en muchos casos, la espera se reduce a unos cuantos días, como en el caso de Ana. Ten en cuenta que si el visado o el tiempo autorizado para permanecer en España se agota mientras esperas una respuesta, no te pueden expulsar del país.

Con ese documento donde se reconoce el derecho a la residencia por se familiar de comunitario, se debe ir a la comisaría de policía para solicitar la tarjeta de residencia, la solicitud debe realizarse en el plazo máximo de un mes y debe pedirse cita previa.

  • Estos procesos pueden tomar su tiempo o pueden surgir complicaciones, así que es recomendable comenzar los trámites para adquirir la residencia española por matrimonio, casi que de manera inmediata, cuando se llega al país.

Solicitar la tarjeta de residencia de cónyuge de comunitario

Para solicitar la tarjeta de residencia de cónyuge de comunitario deben completarse los siguientes documentos:

  • Formulario diligenciado
  • Fotos
  • Pasaporte
  • Notificación donde se reconoce el derecho a obtener la tarjeta como familiar de comunitario
  • Justificativo del pago correspondiente a las tasas

Luego de entregar estos documentos y pasado un tiempo se puede ir a recoger la tarjeta de residencia.

Desde 2012, debido a la crisis económica los requisitos se han endurecido, actualmente y como hemos visto, hace falta demostrar que se dispone de los medios financieros para afrontar los gastos del cónyuge extranjero y también que se cuenta con cobertura sanitaria.

  • Nota: Los requisitos y plazos pueden tener leves variaciones de una provincia a otra, por tanto la información aquí citada debe ser tomada únicamente a modo indicativo, es importante confirmar cada dato en los organismos oficiales que correspondan.

Cómo obtener la residencia española por matrimonio casándose en el extranjero

Finalmente y resumiendo, estos son los pasos básicos que debe seguir un extranjero al contraer matrimonio en su país con un ciudadano comunitario, cuando quiera instalarse junto a su pareja en España:

  1. Inscribir el matrimonio en el consulado
  2. Viajar a España: con el libro de familia se puede ingresar como cónyuge de comunitario
  3. Empadronarse en el domicilio de su cónyuge español
  4. Pedir que se le autorice la residencia como familiar de ciudadano de la UE
  5. Solicitar la tarjeta de residencia como cónyuge de comunitario

La tarjeta de residencia de familiar de la Unión Europea tiene una validez de 5 años y le confiere al ciudadano varios derechos.

¿Qué derechos otorga la tarjeta de residencia como cónyuge de comunitario?

  • Cómo cualquier otro permiso de estancia legal en el país, la tarjeta de residencia te da derecho para moverte libremente por los demás países de la zona Schengen.
  • Una ventaja que te da la tarjeta, es el derecho a trabajar en España. Hay que aclarar que solo en este país, no en los demás del espacio Schengen ni de Europa.
  • Una vez cumplas un año de casado y de residir en España, de acuerdo a la normativa del país del que seas procedente podrás optar a la nacionalidad.

 Anexo:

Obtener la residencia en España por matrimonio. Consejos por parte de Ricardo, uno de nuestros lectores:

Después de varios meses de la publicación de este artículo, Ricardo, uno de nuestros lectores, quien siguió estos pasos para adelantar su proceso, quiso compartir parte de su experiencia, resaltando ciertos puntos que considera deben ser tenidos en cuenta, veamos:

  • Es mejor casarse en el país de origen para agilizar el proceso.

Si te vas a casar con un ciudadano de la comunidad europea, que en la mayoría de ocasiones será de origen español, mi consejo es que te cases en el país de origen del no comunitario. Yo mismo, realice mi matrimonio en Colombia.
¿Por qué les sugiero esto? por una sencilla razón: los tiempos son más rápidos en un consulado. En España hay tantos extranjeros, que los procesos se ralentizan debido a la cantidad de trámites que deben adelantar. Previamente en este artículo se detallan los pasos para registrar el matrimonio en la misión consular.
Cuando viajé, los funcionarios, tanto a la salida de Colombia como los de la entrada de España, solo me exigieron, el libro familia y todo fue sencillo, no me exigieron billete de regreso.

  • Solicitud de cita, empadronamiento y acta vigente:

En mi proceso cometí varios errores, en los que no quiero que caigas, por eso hago énfasis en lo siguiente:

1. Solicita la cita con anticipación, incluso antes de llegar a España:

Debes solicitar una cita previa para radicar los documentos en extranjería, administración, gob.es. En la sección trámites disponibles para la provincia seleccionada, pones familiares de residentes comunitarios (formulario ex19).
Obtener esta cita es lo más duro del proceso, por la cantidad de extranjeros interesados en el trámite. Ve pidiéndola desde tu país. Siempre y cuando tengas todos los documentos:
– padrón familiar
– DNI del español con la dirección donde están empadronados y fotocopia del DNI
– Pasaporte de la persona no comunitaria y copia
– Fotocopia de la entrada a España, la hoja donde aparece el sello
– Seguridad social y copia
– Soporte de ingresos: Contrato de trabajo del ciudadano comunitario con las tres últimas nóminas o demostrar dinero en cuenta bancaria, lo equivalente a un año para los dos.
– Acta de matrimonio no mayor a 6 meses.

2. Empadrónate en el mismo domicilio que tu pareja

Debes empadronarte en el mismo lugar donde está empadronada tu pareja española. Deben solicitar un certificado de empadronamiento familiar. Es una sola hoja donde aparecen ambos nombres. Para ello debes pedir una cita previa. Busca en Google cita previa en la provincia donde está empadronada tu pareja. Si no lo está, ese mismo día se empadronan los dos, como fue mi caso. Piden el padrón individual, una hoja para cada uno y el familiar.
Para empadronarse les pedirán contrato de alquiler donde aparezca el nombre del cónyuge comunitario o un recibo que esté domiciliado a su nombre.

3. Ten un acta de matrimonio vigente

Tendrás que presentar un acta de matrimonio expedida por la administración de un país comunitario, que no tenga más de 6 meses, en mi caso no lo sabía. Si ya tienes tu acta de matrimonio y superó el tiempo de vigencia o está por vencerse, ve nuevamente al consulado español y pide una nueva. Si está vencida y no lo lograste tramitarla en tu país, puedes solicitarla en Madrid con cita previa.

Consejos para el día de la cita:

Cuando llegues te pedirán las cosas en el siguiente orden y no es necesario ir con la persona de origen comunitario:

1. Pasaporte y DNI en mano con sus respectivas copias y copia del sello de entrada del no comunitario. Repito no es necesario que el español vaya, solo debe firmar el formulario EX19 y darte el DNI y el documento de la seguridad social, si trabaja.
2. Te pedirán el acta de matrimonio no superior a 6 meses.
3. Formulario EX 19. Son 3 hojas, hoy en día solo debes presentar las dos primeras.
4. Seguro Médico. Si el ciudadano español está trabajando solo debes presentar la tarjeta en mano y una copia. Si el español no está trabajando, debes sacar un seguro médico por 1 año.
5. Contrato de trabajo con 3 nóminas, preferiblemente un contrato a término indefinido. Si el español no tiene trabajo deben presentar recursos en la cuenta bancaria de él, para sostenerse por el primer año (yo diría más de 7500 para una pareja).

* Nota: Si no tienen todos los documentos el día de la cita, asistan sin embargo, este fue mi caso y me dieron 10 días para subsanar el certificado de matrimonio que tuviera menos de 6 meses.

En 3 meses te dan una resolución para que puedas sacar la cita para tomarte las huellas y luego debes tramitar otra cita para tramitar el NIE, costo 12 euros en 2023.


Si has obtenido la residencia en España después de casarte con un ciudadano comunitario, no dejes de compartir tu experiencia en los comentarios.

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Edith blog de viajes colombiaEdith A.

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1.095 Comentarios

  1. francisco alberto gomez

    Hola soy dominicano con residencia de larga duracion en españa y actualmente vine unos meses de turista a Mexico porque mi novia es mexicana y ahora queremos irnos a vivir a españa pero queremos casarnos. ademas no sabemos cual es la manera mas rapida para que ella pueda vivir y trabajar alla. Ahora no sabemos si casarnos aqui o alla o encontrar una manera mas rapida para que ella pueda estar mas tiempo alla sin problemas. gracias

    • Mi Viajar

      Hola Francisco,
      Si te casas con tu novia, y quieres reagruparla en régimen general, es necesario que hayas vivido un año en España y hayas sido autorizado por un segundo año a residir allí. Para esto, es indispensable que ella ingrese con el correspondiente visado a España.
      Saludos

      • mayra

        soy cubana y estoy en cuba, mis abuelos legitimos españoles que nunca se acogieron a la ciudadania cubana, siempre mantuvieron su ciudadania española, mi papa murio hace unos meses, pero yo conservo su pasaporte español y hasta diciembre del 2017 recibio ayuda economica del gobierno español, yo guardo algunos documentos de mi papa y abuelos y deseo hacerme la ciudadania española, le pido me ayude a esclarecer mi situacion, que debo hacer, donde presentarme y que documentos debo tener listos, gracias por su atencion y agradecida

  2. clara lora

    Mi esposo y mis 2 dos hijos tienen pasaporte español, también tenemos libro de familia, queremos irnos a vivir a españa, yo tendria que viaje con visa y cuando lleguemos solicitar mi residencia? cuales son los pasos a seguir?! gracias!

    • Mi Viajar

      Hola Clara,
      Cuál es tu nacionalidad?

      • Luisa rivera

        Buenas noches tengo una inquietud mi esposo reside en España tiene tarjeta de residencia el y yo somos colombianos nos casamos en Colombia,tenemos una bebé de 5 meses y él ha intentado llevarnos por reagrupación familiar en tres ocasiones lo han negado dicen que por falta de dinero el gana 1.055 euros y adjunto las nóminas de la madre quisiera saber qué más podemos hacer que otro trámite hay para que nos podamos ir mi bebé y yo para España?

      • Mi Viajar

        Buenos días Luisa,
        Han intentado interponer un recurso? Hace poco una lectora del blog lo hizo por un visado de estudios, y se lo autorizaron, ella también viajaba con su hijo. Si mis cálculos no me fallan, la cantidad por la que no llegan al mínimo exigido es bastante baja, menos de 20 euros. Si tienen ahorros, podrían presentar los extractos bancarios, para que vean que cuentan con otros recursos.
        Saludos

      • Luisa rivera

        Buenas tardes si ya presentamos el recurso pero lo negaron por el dinero, esta vez estoy en espera de respuesta de otro recurso al cual le adjuntamos las nóminas de la madre de mi esposo. Quisiera saber cómo es lo del visado de estudio no tengo mucho conocimiento

      • Mi Viajar

        Buenas tardes Luisa,
        Espero que tengan más suerte con ese nuevo recurso. La información para el visado de estudios la encuentras en este enlace https://goo.gl/b0nQzJ
        Saludos

  3. Lorena

    Hola , soy esposa de un ciudadano español, y ya tengo el visado para viajar a España como familiar de comunitario.
    El tema es que actualmente mi esposo no trabaja en España sino en Francia y cotiza allí , la pregunta es si quiero solicitar el NIE en españa ¿es obligatorio contar con los medios de vida en España o le sirve el contrato de trabajo de Francia? y ¿dentro de que plazo me recomiendan viajar para que me de tiempo a solicitar el NIE en extranjería?

    • Mi Viajar

      Hola Lorena,
      Para solicitar tu residencia en España es necesario que tu esposo esté domiciliado allí contigo, lo que podrías hacer es solicitar la residencia en Francia junto a él, una «carte de membre de la famille d’un citoyen de l’Union/EEE/Suisse», en el enlace tienes más información https://goo.gl/hmukaL
      Saludos

    • D

      Hola, primero tienes que ir al consulado frances, el papeleo se llama reagrupacion familiar, estando en el consulado demuestras que estas casada. Luego de esto con el papel que te dan, lo entregas de inmediato en la prefectura en francia y alli te daran una hoja mientras te hacen tu titre de sejour (lo normal es de validez de 1 anio durante 5 anios). La estancia minima para los tramites son de 3 meses en francia.

  4. Jennifer

    Hola, tengo una duda. Yo y mi pareja somos rusos. Vivimos en España. Él tiene la segunda residencia de larga duración. A mí me caduco el permiso de residencia y tengo que empezar desde el principio. Si nos casamos yo puedo obtener el permiso de residencia por estar casada con alguien que lo tiene? O es indiferente?

    • Mi Viajar

      Hola Jennifer,
      No sé muy bien como sea el procedimiento en Rusia, sé que en otros países como Colombia si eres cónyuge de un residente en España que como en el caso de tu pareja ha sido autorizado a residir por otro año en el país, puede solicitar la reagrupación en régimen general, pero para esto es necesario ingresar con el correspondiente visado que se tramita en el país de origen. Te sugiero que lo consultes directamente con el consulado de España en Rusia.
      Saludos

  5. Anne Farz

    Hola, muchas gracias por este artículo. Ha resuelto muchas dudas que las páginas oficiales no han podido resolver. Sin embargo, tengo un par de dudas: Yo soy española, casada con un colombiano y ambos residentes en Colombia. Vamos a ir a España por un período largo de tiempo por los estudios de mi marido, y queremos aprovechar para pedirle la residencia. Mis dudas son: 1. ¿Tenemos que pedir un visado de estudios o él podría hacer el trámite de la residencia como turista y luego quedarse como residente y estudiante? y 2. Yo voy a seguir con mi trabajo en colombia de forma online. ¿Cómo puedo soportar mis ingresos? ¿Es suficiente que vivamos con nuestra familia y que ellos cuenten con ingresos suficientes para apoyarnos?

    • Jose

      Hola edith, tengo una pregunta mi esposa es ciudadana española yo soy colombiano y tenemos libro de familia emitido por el consulado español en cartagena, ella está trabajando en bélgica.
      Hace hasta 1 mes estuvo empadronada y viviendo en madrid, yo podria solicitar mi residencia en españa asi ella esté en bélgica o debo hacerlo directamente en bélgica?
      Saludos y muchas gracias.

      • Mi Viajar

        Hola Jose,
        Para poder solicitar tu residencia en España como cónyuge de comunitario es necesario que tu pareja resida allí. Hasta donde sé para estancias de más de 90 días en Bélgica aún es necesario el visado, en este caso por reagrupación familiar, algo diferente a lo que se hace en España que al estar casados no es necesario el visado para ingresar y reagruparse, igual no estoy muy segura sobre este último punto, así que es mejor que lo consultes directamente con el consulado belga en Colombia, te dejo el enlace con los requisitos del correspondiente visado en caso de que tengas que solicitarlo http://colombia.diplomatie.belgium.be/sites/default/files/content/download/consulair/visa_reagrupamiento_familiar_no_ue_con_ciudadano_eee_ue.pdf
        Un saludo

    • Mi Viajar

      Hola Anne,
      1. Si tu esposo cumple con los requisitos para obtener la tarjeta de residencia como cónyuge de comunitario, una vez la tramite ésta le da derecho a trabajar y/o estudiar si así lo quiere. En caso de que no cumpla con los requisitos y quiera quedarse estudiando necesitara su visado de estudios, una vez en España no puede cambiar el estatus de turista al de estudiante.
      2. Pienso que puedes sustentar tus ingresos con los extractos bancarios donde se vean reflejados tus ingresos, o con cualquier otro documento donde quede constancia de lo que ganas, pero no te puedo decir con precisión, tampoco estoy muy segura si acepten los ingresos de tu familia, te recomiendo que se comuniquen directamente con la oficina de extranjería del lugar donde vayan a residir para tener más información sobre estos puntos.
      Finalmente te copio un enlace a otro artículo que puede ser de tu interés https://goo.gl/GEQjhe
      Saludos

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